A desalambrar|¿Derechos en crisis? (Opinión)

Dice la Declaración Universal de los Derechos Humanos que todas las personas son iguales en derecho y en dignidad. La verdad, basta con pisar cualquier ciudad del mundo para darnos cuenta que esa norma no se acata. Para justificarlo encontraremos desde consideraciones religiosas hasta explicaciones históricas pero también un derecho que invita a que se mantengan las estructuras tal y como se desarrollaron.

La manera en la que el Derecho permite que esto se mantenga está enraizada en la abundante protección del derecho de propiedad frente a la casi inexistente protección de los derechos sociales. Es decir, que en cualquier país de tradición jurídica liberal existirá, diferenciadamente, una población que tiene acceso directo y permanente a los bienes y servicios, y otra, que requiere del auxilio público para hacerlo. Para los primeros, el derecho dispone de un enramado de protección; para los segundos, una promesa.

¿Es esto justo? Resulta casi evidente que no. Por ello, los procesos político-jurídicos que nacieron en el continente americano a comienzos del siglo XXI se esmeraron en negar que esta sea la única manera de concebir los derechos y reconocieron que la plena garantía para unos pocos no permite declarar universal el goce de los derechos humanos para todos. Fue con la nueva concepción, enraizada en el desarrollo de políticas públicas inéditas (las Misiones sociales) que el balance se modificó logrando mejorar los indicadores sociales de la región.

Es evidente que en el momento actual aquellos mejores escenarios se encuentran comprometidos toda vez que los recursos disponibles, más allá de la voluntad de aplicar las fórmulas que han resultado exitosas, han mermado. Lo que ocurre en cada uno de los países que han sido sometidos por cualquier razón a sanciones políticas y económicas, como lo reconocen las Naciones Unidas.

¿Podemos entonces hablar de la necesidad de medidas humanitarias o incluso de incumplimiento de obligaciones de Derechos Humanos por parte de Venezuela? El argumento es jurídicamente insostenible pese a lo útil que resulte para crear matrices de opinión para desprestigiar a la Nación.

Por ende, la obligación del Estado –en todos sus poderes y niveles- es buscar nuevas fuentes que engrosen la torta de lo que debe destinarse para el pago de deudas e inversión social. Es decir, reactivar y diversificar la economía. Esfuerzo en el que la Revolución se encuentra nuevamente con sus enemigos que promueven la fuga del capital humano y financiero, cercan los mercados internacionales y pretenden cerrar los convenios de colaboración desde la Asamblea Nacional (AN).

Cuando consideramos esto que el acceso y goce de los derechos sociales no forma parte de las obligaciones fundamentales del derecho internacional sino que se encuentran en normas progresivas y condicionales vemos que por su precarización no puede hablarse de una crisis humanitaria ni de una violación de derechos humanos porque de lo contrario, la mismo sería aplicable a la gran mayoría de países que enfrentan aumento de desempleo y decrecimiento económico.

Sin embargo, tenemos también el principal riesgo porque las políticas implementadas derivan de la concepción revolucionaria de los derechos y no de una regla permanente que pueda aspirarse se mantenga incólume pese a cambios de Gobierno.

@anicrisbracho
Caracas