37 partidos políticos pueden postular candidatos para las elecciones del 9-D

Las postulaciones se pueden efectuar vía internet en el portal del ente electoral hasta el próximo miércoles 19, y desde esta misma fecha y hasta el lunes 24, se efectuará la presentación de dichas postulaciones ante las juntas municipales electorales

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que 37 organizaciones con fines políticos podrán postular candidatas y candidatos para las elecciones municipales del 9-D, de las cuales 21 son partidos nacionales, 11 son regionales y cinco son indígenas.

La información la suministró ayer la rectora principal del CNE, Tania D’amelio, en su cuenta de Twitter @taniadamelio, donde precisó que los 21 partidos políticos nacionales “vigentes por el CNE, son (por sus siglas): PSUV, AP, COPEI, MAS, Movev, MEP, Somos Venezuela, Mpapc, ORA, PCV, Podemos, PPT, Tupamaro, UPV, UPP89, El Cambio, CMC, ACEP, FDC, Lapiz y SPV. Estas cinco últimas de reciente inscripción en el CNE”.

En otro tuit, indicó que de 19 organizaciones regionales, solo podrán postular 11, que consignaron los nombres de las personas (organizaciones) autorizadas para postular, a saber, Amazonas, Tupaz; Anzoátegui, NP y US; Aragua, Rena; Bolívar, M-100 y Pro Guayana; Carabobo, PMP; Mérida, PMI; Miranda, PAP; Monagas, Plras y en Nueva Esparta, MRA.

En cuanto a las cinco organizaciones indígenas habilitadas, D’amelio mencionó a Conive, Evolucion, Mopive, Osibu y Parlinve, que “podrán postular candidatas y candidatos a cargos de concejalas o concejales en representación indígena en los municipios que cuenten con dicha representación”.

Los 35 partidos políticos, apuntó, podrán hacer las postulaciones vía internet, en la página http://www.cne.gob.ve hasta el próximo miércoles 19, para proceder, desde esa misma fecha y hasta el lunes 24, a la presentación de las postulaciones ante las respectivas juntas municipales electorales.

REQUISITOS PARA SER CONCEJAL

D’amelio subrayó que los requisitos para ser concejal se encuentran establecidos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Loppm) y en el Reglamento General de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Rglope).

Especificó que los requisitos son: ser venezolana(o), mayor de 21 años de edad a la fecha de la elección, estar inscrita(o) en el Registro Electoral y tener residencia en el municipio durante al menos los tres últimos años previos a su elección. En el caso de los municipios fronterizos, venezolanas y venezolanos por naturalización deben tener más de 10 años de residencia en el municipio.

En el caso de candidatas o candidatos indígenas, señaló que es requisito indispensable hablar su idioma indígena, así como cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos: haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad y tener conocida trayectoria en la lucha social en pro del reconocimiento de su identidad cultural. También, agregó, haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades indígenas y pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años funcionamiento.

T/ Leida Medina
F/ Archivo CO
Caracas