Aprobada en segunda discusión “Proyecto de Ley Orgánica para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas Adultas y Adultos Mayores”

Este jueves en Sesión Ordinaria de la Asamblea Nacional (AN), fueron aprobados 10 artículos del Proyecto de Ley Orgánica para la Atención y Desarrollo Integral de las Personas Adultas Mayores.

En el aparte de la discusión del artículo Nº 3, de la mencionada ley, se aprobaron los siguientes puntos como principios fundamentales:

  • Reconocimiento y valorización de las personas adultas mayores como sujetos de derecho, su participación en la familia y la sociedad y como su contribución en el desarrollo económico y social de la nación.
  • Dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de los adultos mayores
  • Autorrealización y libre desenvolvimiento de la personalidad
  • Igualdad y no discriminación
  • Equidad e igualdad de género
  • Solidaridad y responsabilidad en la atención integral de las personas adultas mayores
  • Participación, integración, inclusión plena y efectiva de las personas adultas mayores en las familias y en la sociedad
  • Solidaridad y fortalecimiento de las relaciones familiares y comunitarias
  • Atención preferencial de las personas adultas mayores en los servicios públicos
  • Envejecimiento saludable, activo, digno y feliz
  • Enfoque diferencial y de curso de vida para el ejercicio efectivo de los derechos de las personas adultas mayores
  • Pluralidad cultural y multiétnica
  • Trato digno de las personas adultas mayores.

Por otra parte, la diputada electa a la AN, por el GPPSB-PSUV, Asia Villegas Poljak, expresó que “ante la importancia de esta ley que contempla el artículo 80 de nuestra Constitución Nacional que habla sobre las garantías a adultas y adultos mayores, en este momento 5 millones de personas adultas y adultos mayores, tienen el derecho a la protección social integral”.

Villegas solicitó el diferimiento, ante esta materia significativa e importante como tema país, en la discusión de la ley para seguir aprobando en próximas sesiones, los siguientes artículos de la Ley lo cual fue aprobado por unanimidad.

F/VTV