El Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes recordó a la ciudadanía del municipio Libertador de Caracas sobre la prohibición a las caravanas vehiculares de estudiantes en celebración de su graduación de bachillerato, además de informar que quienes cometan esta infracción podrán ser sancionados por una multa equivalente al pago en bolívares de 100 veces el tipo de cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela sobre la moneda de mayor valor; o la realización de dos trabajos comunitarios.
Dicha medida fue establecida en la Gaceta Municipal N° 4940-23, la cual se publicó el 25 de mayo de 2023, en aras de proteger a niños, niñas y adolescentes. Asimismo, las infracciones se estipulan en la sección III de la ordenanza, específicamente, en los artículos 37 y 38.
El artículo 37 establece:
Quedan prohibidas las caravanas vehiculares estudiantiles con motivo de expresión o festejo por la culminación de clases o futura graduación que coloquen en riesgo la integridad física de sus participantes, así como la de terceros, que alteren el orden público o afecten el normal desenvolvimiento de las actividades consuetudinarias de los habitantes o transeúntes en el Municipio. La autoridad policial deberá dar aviso inmediatamente al Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a fin de imponerles las Medidas de Protección que hubiere lugar y ser entregados a sus padres, madres representantes o responsables. Sin perjuicio de la multa que se derive de la infracción de tránsito correspondiente.
Seguidamente, el artículo 38 estipula:
Quien Induzca o incite a niños, niñas o adolescentes a cometer las infracciones señaladas en la presente Ordenanza, se le impondrá una multa equivalente al pago en bolívares de cien (100) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el banco central de Venezuela, o la realización de dos (2) de los trabajos comunitarios establecidos en la presente Ordenanza.