Regulación Aeronáutica Venezolana 47|INAC cumple con simplificación de trámites para obtención de matrículas

En aras de simplificar los trámites y agilizar el tiempo de respuesta para la matriculación de aeronaves, inscripción de documentos, títulos relativos a la propiedad y los  contratos de utilización de aeronaves, el Ministerio del Poder Popular para Transporte Acuático y Aéreo, a través del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC), da cumplimiento a la actualización de la Regulación Aeronáutica Venezolana 47 (RAV 47), establecida recientemente por la Autoridad de la Aviación Civil.

En este sentido, la Autoridad Aeronáutica a través de la publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.654 de fecha 6 de mayo de 2015, emitió la actualización de la Regulación Aeronáutica Venezolana 47 (RAV 47),en la que se establece, además de los trámites para la obtención de matrícula nacional, las normas relativas a la organización, control, resguardo y custodia del Archivo Nacional Aeronáutico, normativa que obliga a los propietarios de aeronaves actualizar y sincerar  sus expedientes ante el INAC.

De esta manera, queda derogada la RAV 47, emitida por el INAC el 24 de febrero de 2010, por lo que aquellos usuarios que deseen obtener la asignación de matrícula en Venezuela deberán realizar una Solicitud de Reserva de Matrícula ante el Registro Aeronáutico Nacional. Para mayor información los interesados pueden visitar la página www.inac.gob.ve.

Es importante destacar que con esta nueva normativa, el INAC cumple con la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, el 17 de noviembre de 2014 bajo el Decreto Presidencial 1.423, con el objeto de exigir a las instituciones públicas del país reducir los trámites administrativos y dejar exclusivamente los pasos que sean indispensables, para beneficiar a los usuarios de estos servicios.

Es así como, la autoridad aeronáutica, cumple con los lineamientos del la cartera de Acuático y Aéreo, a fin de optimizar el servicio que se ofrece en las instituciones del Estado y simplificar trámites administrativos.

T/ YVKE
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