Por Vladimir Lazo García|El capitalismo despótico (Opinión)

La inversión provocada por el comandante Hugo Chávez en el destino del flujo del valor de retorno producido por Pdvsa, de su uso en función de los intereses estratégicos de las compañías petroleras de Estados Unidos, a su uso en beneficio del pueblo venezolano, cambió el significado de la política y, en consecuencia, del uso de los instrumentos para ejercerla en Venezuela. El cambio comenzó a ocurrir a partir de la expulsión de la Mega Banda que dirigía nuestra petrolera, y la consecuente toma de su control por parte del pueblo venezolano, representado por su Estado, dirigido por el gobierno del presidente Hugo Chávez.

Aquella inversión comenzó a provocar una redefinición de la política venezolana, pues de allí en adelante cambió su significado y, en consecuencia, el uso de los instrumentos para ejercerla. En este caso nos referimos a los instrumentos productores de bienes transables en el exterior: petróleo y minería a través de empresas de propiedad del pueblo venezolano, dirigidas y operadas por ese mismo pueblo.

Desde el siglo XIX existen dos posiciones sobre el asunto de la política en su relación con la economía: una posición derivada del espontáneo desarrollo del capitalismo, cuyo efecto fue la exposición de las teorías para comprender el funcionamiento del modo de producción capitalista, su “fisiología”, éstas llevan a distinguir los factores de la economía y de allí las clases sociales propietarias de ellos, propias del capitalismo, y la política tenía un dogma espontáneo generado por las teorías: realizar los intereses de la burguesía, pues ella representaba los intereses generales de la sociedad.

Pero en la segunda mitad del mismo siglo surge la crítica masiva de Karl Marx. Él nos muestra, entre muchísimas cosas más, que las clases están en perenne lucha, que la clase triunfante hace pasar sus intereses como si fuesen universales, invirtiendo la interpretación correcta de la realidad; que la política en el mundo burgués realiza los intereses de la clase burguesa, que son preservar el capitalismo como modo de producción, y que la política debe garantizar su permanencia, satisfaciendo los intereses de la burguesía, por encima de cualquier otro.

Nos muestra que los trabajadores al producir en una fracción de la jornada de trabajo su salario diario, producen valor: se autoreproducen, pues el trabajo y sus productos son lo único a los que podemos atribuir el predicado de “valor”; que en el resto de la jornada sigue produciendo valor, en este caso plusvalor, que no le pertenece.

Nos muestra que vender fuerza de trabajo por toda la vida, como sucede con todos los trabajadores, conduce a que la clase trabajadora no sea capaz de producir nunca fines propios, porque realiza los de la burguesía que son los de enriquecerse. Es decir se despoja al trabajador de la posibilidad de construir su subjetividad -que siempre será producto del trabajo-, pues está sometido al despotismo del capitalista, que ejecuta tal despojo ante el terror a la muerte del trabajador, pues si no trabaja muere porque no come, es por ello que el capitalismo es un sistema despótico desde su base hasta sus órganos de propaganda institucional: sus medios de comunicación.

La inversión realizada por el presidente Chávez es por ello el supuesto de la liberación, pues tomar las riendas de la palanca de la riqueza da la posibilidad de acabar con el despotismo propio del capitalismo, que se ejecuta sobre la base de la reproducción de la vida.

vladimirlazo@gmail.com

DIFAMACION A DIOSDADO CABELLO. Continuando con este tema, la difamación, prevista como delito en el capitulo VII, Aticulos 443 y 444 del código penal vigente. Este delito es muy delicado, al ser cometido contra el Presidente de la Asamblea Nacional, pues no solamente Diosdado ha sido agredido, sino también la persona Jurídica que el representa, la cual es La Asamblea Nacional. En esta persona Jurídica se elaboran las Leyes que defienden a todos los venezolanos por igual. Si se agrede a su Presidente se agrede también a la institución. Por cuanto las 2 personas han sido difamadas es necesario que se tomen las medidas respectivas al caso en concreto. La AN es el Alma Mater de todos los venezolanos, si se permite que se difame su nombre, el país caería en un abismo Institucional, ya que la AN, tiene relevancia en todas las Instituciones y es elemento unificador de las mismas para el desarrollo de la patria. Por esta razón creo en la honestidad de su presidente y le brindamos apoyo.

  • DIFAMACION A DIOSDADO CABELLO. Los difamadores de oficio no saben, ni conocen lo que entraña el delito de Difamación. Estos delitos están previstos en los Artículos 443 y 444 del Código penal Vigente. Art. 443 del Código penal: Al individuo culpado del delito de difamación no se le permitirá prueba de la verdad o notoriedad del hecho difamatorio. Art. 444 Código Penal: Todo individuo que en comunicación con varias personas, juntas o separadas, hubiere ofendido de alguna manera el honor, la reputación o el decoro de alguna persona, sera castigado con prisión de 6 meses a 1 año. pero si el delito lo cometió en presencia del ofendido, por medio de escrito, la pena sera elevada hasta 1/3 mas, pero si con la presencia del ofendido concurre la publicidad, la pena podrá elevarse hasta la mitad.Ahora bien cuando se ofende al Presidente de la Asamblea Nacional, no se le ofende solo a el como persona física, sino también a la persona Jurídica que el representa, así que el delito es doble.