También deben hacerlo los gimnasios, peluquerías y barberías|Centros estéticos deben colocar aviso de prohibición del uso de rellenos a más tardar el 5 de febrero

El próximo 5 de febrero vence el plazo de 60 días que otorgó el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS), a los centros estéticos, para la colocación del cartel en el que informan a su clientela sobre la Resolución 152.

El director general del Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria (SACS) de la cartera de Salud, Divis Antúnez, recordó que el decreto ministerial prohíbe el uso y la aplicación de sustancias de relleno, como biopolímeros y polímeros, entre otras, en tratamiento con fines estéticos.

De acuerdo con la Gaceta Oficial N° 40.065, emitida el pasado 5 de diciembre, aparte de las estéticas están llamadas a cumplir esta norma las peluquerías, las barberías y hasta los gimnasios.

El cartel debe tener una medida de 80 cm x 50 cm, y debe observarse en un lugar visible.

Antúnez informó que en la página en internet del Ministerio de Salud (www.mpps.gob.ve) se publica un lista con todos los productos de relleno que están prohibido en el país.

Texto/ Alexander Escorche Cañas