Debido a la amplitud del expediente se designarán dos asesores técnicos | CIDH aprueba mecanismo de seguimiento para caso Ayotzinapa

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) aprobó este viernes el mecanismo especial para el seguimiento al caso de los 43 estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa.

«La Comisión Interamericana (de Derechos Humanos, CIDH) ha decidido implementar un mecanismo de seguimiento especial en el presente asunto», indicó el organismo en una resolución después de dos días de reuniones en Washington con una delegación del Gobierno mexicano y otra de los padres y representantes de las 43 víctimas.

El mecanismo contiene los términos propuestas de manera conjunta por el Gobierno federal y los familiares de los normalistas, cuyo paradero se desconoce desde el 26 de septiembre de 2014, cuando fueron agredidos por la policía de Iguala, estado Guerrero, sur de México.

Asimismo, el mecanismo busca dar seguimiento a las recomendaciones de la investigación del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) formuladas en sus dos informes de septiembre de 2015 y abril de 2016.

En un comunicado, la CIDH pidió al Estado mexicano aumentar los esfuerzos para “determinar el paradero o destino” de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa.

El medio local Excelsior especificó los términos del mecanismo especial de seguimiento:

Tendrá como objetivos dar seguimiento a las medidas cautelares otorgadas MC/409/14 y a las recomendaciones del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), formuladas en sus dos informes, que se deriven directamente de la medida cautelar. En caso de desacuerdo sobre el alcance o interpretación de los objetos del presente acuerdo, la Comisión estará a cargo de su interpretación.

Debido a la amplitud del expediente, la CIDH nombrará como mínimo a dos asesores técnicos especiales de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión, para realizar labores de recopilación de información y documentación sobre el caso, quienes, en coordinación con el Estado, podrán realizar visitas a México con la frecuencia y el tiempo que sea necesario para su labor.

Los asesores técnicos especiales tendrán acceso pleno a la información necesaria en los expedientes y otras fuentes de información correspondientes del caso, de acuerdo con la normatividad mexicana vigente, los estándares internacionales aplicables, con base en los principios de interpretación establecidos en el artículo 1 Constitucional.

El Relator de país, y/u otro Comisionado designado por la CIDH, realizará tres visitas a México. El Relator de país, o un Comisionado designado por la CIDH, en consulta con el Estado, podrá realizar una cuarta visita para dar seguimiento a las medidas cautelares. Cada visita se realizará en forma coordinada.

T/ Redacción CO- Telesur
F/ Agencias
Ciudad de México