Este miércoles|Consejo General de Policía se instala en el Ministerio Público

Ministro Tareck El Aissami y Fiscal Luisa Ortega Díaz

El ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, Tareck El Aissami, se reunirá este miércoles con la Fiscal General del Ministerio Público (MP), Luisa Ortega Díaz y la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Luisa Estela Morales, con el propósito de instalar el Consejo General de Policía en dicho ministerio, enmarcado en el plan de dignificación de los cuerpos policiales que promueve el Gobierno Nacional.

En la reunión, se abordará la aplicación de soluciones de información estratégica y de transparencia del Sistema Nacional de Policía (SIETPOL), el cual busca garantizar la transparencia y la participación por parte de la ciudadanía en la función policial del país.

Asimismo, se planteará una segunda resolución para ingresar a rangos y cargos que contribuyan con el desarrollo del nuevo modelo de carrera policial, logrando así el perfeccionamiento de las aptitudes y competencias requeridas en todas las prácticas policiales.

Así mismo, esta segunda resolución estará dirigida a desarrollar medios de participación popular en los procesos de ingreso a la carrera policial. Al mismo tiempo buscará garantizar la igualdad y equidad de género, así como el respeto de los derechos de las mujeres en el ingreso a los cuerpos de policía.

Hasta la fecha se han aprobado 18 resoluciones, las cuales permiten el mejor funcionamiento y transformación del sistema policial. Estas son:

  1. La resolución sobre el Registro y Control del Armamento, Municiones y Equipos Especiales
  2. Resolución sobre Rendición de Cuentas en los Cuerpos de Policía
  3. Atención a las Víctimas del Delito y/o Abuso PolicialDiseño Único de Credencial
  4. Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza Policial
  5. Integración, Organización y Funcionamiento de los Consejos Disciplinarios.
  6. Dotación y Equipamiento Básico Especializado
  7. Instalaciones Operativas
  8. Estructura Organizativa y Funcional
  9. Selección e Ingreso a la Formación Policial
  10. Homologación y Reclasificación de Grados y Jerarquías
  11. Buenas Prácticas Policiales
  12. Oficina Nacional de Supervisión Disciplinaria
  13. Régimen Único de Permisos y Licencias
  14. Normas y Garantías de los Derechos de las Mujeres a la Igualdad y Equidad de Género en los cuerpos de Policía.
  15. Concurso para Ingresar a los Cuerpos de Policía
  16. Procedimientos Ordinarios y Extraordinarios
  17. Orden Público
  18. Registro Público Nacional de Funcionarios Policiales
Texto y foto/Prensa MPPRIJ

• La presente es por el motivo que me inquieta, tengo para el momento de la prueba de homologación y reclasificación 21 años y 9 meses y medio soy bachiller y actualmente curso 2 do año de Derecho en la Universidad Rómulo Gallegos de San Juan de los Morros, presente la prueba operacional sacando 76 ptos quedando con el rango de oficial de primera línea ( oficial jefe ) realice el reclamo ante mi comando y allá me informaron que no me dio los puntos para presentar táctico, pero me llamo poderosamente la atención que la cuenta, me la sacaron basándose ellos en que yo tenia 21 años ósea los 9 meses y medio no me lo tabularon, sin darme razón alguna, siendo este único punto mi preocupación, por ser yo en este caso el débil jurídico así como no me estimaron los meses que tenia cumplido, porque no se me estimo lo restante . mi rango anterior era sargento primero y pertenezco a el Estado Aragua será que me pueden responder por favor solo quisiera saber por eso que suele salir en algunos portales que se dirigen hacia ustedes donde están funcionarios de otros estados y policías municipales que realizan preguntas como por ejemplo; tengo 13 años y presente táctico siendo ese tipo de ‘preguntas las que me hacen caer en duda de mi situación creyendo por eso que tengo la oportunidad todavía de presentar el examen táctico.

  • LEY DEL ESTATUTO SOBRE EL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS FUNCIONARIOS O EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS
    Artículo 10.- La antigüedad en el servicio a ser tomada en cuenta para el otorgamiento del beneficio de la jubilación será la que resulte de computar los años de servicios prestados en forma ininterrumpida o no, en organismos del sector público. La fracción mayor de ocho meses se computará como un año de servicio. A los efectos de este artículo se tomará en cuenta el tiempo de servicio prestado como funcionario o como contratado, siempre que el número de horas de trabajo diario sea al menos igual a la mitad de la jornada ordinaria del organismo en el cual se prestó el servicio. Cuando por la naturaleza misma del servicio rija un horario especial, el organismo que otorgará el beneficio, deberá pronunciarse sobre los extremos exigidos en este artículo.
    Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo
    PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa el trabajador tendrá derecho a una prestación de antigüedad equivalente a:
    a) Quince (15) días de salario, cuando la antigüedad excediere de tres (3) meses y no fuere mayor de seis (6) meses o la diferencia entre dicho monto y lo acreditado o depositado mensualmente:
    b) Cuarenta y cinco (45) días de salario, si la antigüedad excediere de seis (6) meses y no fuere mayor de un (1) año o la diferencia entre dicho monto y lo acreditado o depositado mensualmente; y c) Sesenta (60) días de salario, después del primer año de antigüedad o la diferencia entre dicho monto y lo acreditado o depositado mensualmente, siempre que hubiere prestado por lo menos seis (6) meses de servicio, durante el año de extinción del vínculo laboral.
    Ley Orgánica del Trabajo Artículo 108. Después del tercer mes ininterrumpido de servicio, el trabajador tendrá derecho a una prestación de antigüedad equivalente a cinco (5) días de salario por cada mes.
    Después del primer año de servicio, o fracción superior a seis (6) meses contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta Ley, el patrono pagará al trabajador adicionalmente dos (2) días de salario, por cada año, por concepto de prestación de antigüedad, acumulativos hasta treinta (30) días de salario.
    Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo (Gaceta Oficial Nº 38.426 del 28 de abril de 2006
    Sección Tercera De la Prestación de Antigüedad Prestación de antigüedad. Pago adicional
    Artículo 71
    La prestación de antigüedad adicional prevista en el primer aparte del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, equivalente a dos (2) días de salario por cada año de servicio, acumulativos hasta treinta (30) días de salario, se causará cumplido que fuere el segundo año de servicio.

    En caso de extinción de la relación de trabajo, la fracción de antigüedad en el servicio superior a seis (6) meses se considerará equivalente a un (1) año.

    La referida prestación de antigüedad adicional, será calculada con base en el promedio de lo devengado por el trabajador o trabajadora en el año respectivo, y deberá ser pagada anualmente, salvo que éste manifestare por escrito su voluntad de capitalizarla.

  • Hola muy buenos dias soy funcionario de la policia del municipio de paz castillo del estado miranda especificamente santa lucia del tuy. Escribo estas palabras en nombre de la primera promocion de oficiales, el cual nos graduamos el 26 del mes de mayo y nos tienen un horario de 36 por 12 donde segun el concejo de policia el horario deberia ser acorde a nuestro tiempo libre y el ciudadano alcalde Victor Julio Gonzales no cumple esos lineamientos y estamos agotados y nos amenazan con destituirnos si no cumplimos ese horario porque ese es el horario de los tres meses de prueba que estipula la LEFPOL. quisiera que investigaran a ese cuerpo de policia. Muchas gracias espero su atencion…

  • buenas tarde Tareck El Aissami,SIETPOL mi pregunta es porque en la homologacion de gerarquias
    mi persona presente la prueba tactico y mi puntuacion fue de 84 puntos sobre cien y realise el reclamo no apareci en lista general y el viernes pasade llego una lista y mi jerarquia aparesi como oficial
    y mi jerarquia es de superbisor geje com 25 años de servicios en la policia del estado barinas que habra pasado estoy realizando reclamo quien tendra ese caso mio personal gracias señores comisionados
    ayuda y que no consiguen la prueba de prueba ni el codigo estoy preocupado moral mente gracias

  • BUENOS DIAS HOLA PORQUE EN MONAGAS NO SE RESPETA LOS PARAMETROS DE HOMOLOGACION DENLE A CADA QUIEN LO QUE SE MERESE