Este jueves|AN aprobó en primera discusión Proyecto de la Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras

Presidente de la Comisión Permanente de Finanzas, diputado Ricardo Sanguino.

Este jueves, en primera discusión, la plenaria de la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el Proyecto de la Reforma Parcial de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, norma que tiene por fin incluir dentro del sistema financiero nacional al Banco del Pueblo, además de prohibir que los banqueros posean acciones en medios de comunicación.

En este sentido, el presidente de la Comisión Permanente de Finanzas, diputado Ricardo Sanguino, expuso que la reforma parcial contempla la modificación de dos artículos: se excluye al Banco del Pueblo de las excepciones establecidas en el artículo dos; y al artículo 12 se le agrega el numeral ocho.

«En el artículo dos,  se excluye al Banco del Pueblo dentro del ámbito de la excepción que establecía la ley vigente, de que esa institución y el Banco de la Mujer estaban exceptuados de la aplicación de esta norma», precisó.

Explicó que los bancos del Pueblo y el de la Mujer no estaban regidos por dicha ley, sino por reglamentos internos, pero ahora el primero de ellos se regirá por la normativa de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban), ente rector del sistema financiero nacional.

«El motivo es que después de una década este banco entrará a otra etapa de funcionamiento. Sólo venía financiando y concediendo créditos a la población que había sido excluida del funcionamiento del sistema financiero nacional, pero ahora promoverá lo que hemos llamado la bancarización social«, manifestó Sanguino.

El parlamentario, señaló que el Banco del Pueblo ahora no será una institución que sólo da crédito, sino que también recibirá depósitos y ofrecerá todos los servicios que prestan las entidades bancarias, incluso también emitirá tarjetas de débito.

Sin embargo, aclaró que el artículo 12 prevé sanciones, en cuanto a las funciones que inhabilitan a promotores, accionistas principales, directores, administradores y consejeros de bancos, entidades de ahorro y préstamo, demás instituciones financieras, casas de cambio y operadores cambiarios fronterizos.

«En este caso, se incluye a los accionistas, directores, administradores, comisarios o factores mercantiles de empresas que desarrollen las materias de comunicación, información y telecomunicaciones, de conformidad con la Constitución Nacional, las leyes y la normativa vigente», detalló el Diputado.

El presidente de la Comisión Permanente de Finanzas, denunció que algunos banqueros utilizan el poder de administrar recursos, para usufructuar el capital que se genera y las actividades que allí se financian, con la intención de adquirir participaciones en medios de comunicación para establecer una línea editorial que defienda y origine una pantalla de protección para fraudes y estafas que ellos ejecutan en perjuicio del pueblo.

Finalmente, recordó que la norma se incluyó dentro de la agenda bajo la figura de urgencia reglamentaria, por petición directa de la Vicepresidencia Ejecutiva de la República.

F/AVN
T/Joel Pino
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