Recurso de nulidad fue interpuesto ante el TSJ|Defensoría del Peblo pide eliminar sanciones a la mendicidad

En aras de reconocer los derechos de todas las personas, establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en los principales instrumentos de derechos humanos, la Defensoría del Pueblo interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un recurso de nulidad de los artículos 502, 503, 504 y 538 del Código Penal, los cuales sancionan la mendicidad.

De forma textual el recurso explica que “sin lugar a dudas estos artículos violentan el principio de exclusiva protección de bienes jurídicos, todo ello a la luz del principio de legalidad penal previsto en el artículo 49.6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pues quienes piden limosna, más que lesionar o producir un daño a la sociedad, se constituyen en víctimas de un sistema socio económico inhumano”.

La institución considera que las disposiciones cuestionadas, más que sancionar un hecho, castigan a un sujeto, el mendigo, por su condición de tal, a su vez lo estigmatizan como un delincuente en potencia; en este sentido, “violentan el derecho constitucional de que toda persona se le presume inocente hasta que se le demuestre lo contrario, según lo establecido en el artículo 49.2 de la Constitución”, detalla el escrito.

Por otra parte, la Defensoría del Pueblo solicitó al TSJ suspender provisionalmente, hasta la sentencia definitiva que resuelva el presente recurso, la aplicación de la medida contemplada en los artículos 502, 503, 504 y 538 del Código Penal y, en consecuencia, se ordene a todos los tribunales de la jurisdicción penal abstenerse de aplicar las establecidas normas.

Fuente/AVN
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