Gaceta Oficial 40.846|Dictan decreto que establece alícuota de impuesto a grandes transacciones financieras

La Presidencia de la República establece una alícuota del cero (0%) del impuesto a las grandes transacciones financieras.

El decreto número 2.232 publicado en Gaceta Oficial especifica que la alícuota será por: débitos en las cuentas únicas de instituciones bancarias y demás entidades financieras mantenidas en el Banco Central de Venezuela, con ocasión de la aplicación de medidas de ejecución de políticas dictadas por el Instituto Emisor, o derivadas de la ejecución de operaciones con éste.

Asimismo a los débitos que generen la compra, venta y transferencia de la custodia de títulos valores emitidos por entes descentralizados de la República, así como la liquidación del capital o intereses de los mismos.

Otro de los débitos será a través de las liquidaciones de operaciones propias de la ejecución de la política cambiara.

T/CO
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