Así quedó establecido en Gaceta Oficial|Grandes transacciones en moneda extranjera no pagarán impuesto

Con el fin de estimular las exportaciones, importaciones e inversiones extranjeras para la reactivación de la economía productiva, la Presidencia de la República estableció un alícuota de cero por ciento (0%) “para el pago del Impuesto a las grandes transacciones financieras, a los contribuyentes y responsables sujetos a la aplicación de la ley que crea el tributo, cuando realicen operaciones que involucren cuentas en moneda extranjera en el Sistema Financiero Nacional, incluidas las cuentas mantenidas en el Banco Central de Venezuela”.

Así lo establece el decreto 2.212 publicado en la Gaceta Oficial N° 40.839 que circula este martes en todo el país.

Asimismo, en la Gaceta quedó establecido que “el Ministro del Poder Popular con competencia en materia de Banca y Finanzas y el Ministro de Estado para la Economía Productiva, quedan encargados de la ejecución de este decreto”.

Texto/CO