Defensa e Interior y Justicia velarán por su cumplimiento | Desde este viernes rige la prohibición de porte de armas en transporte público

Prohibido porte de armas en transporte publico

El coordinador de medidas especiales de la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y Desarme, Reinaldo Hidalgo, confirmó que este viernes 25 de noviembre entra en vigencia la medida que prohíbe portar armas de fuego en unidades del transporte público en todo el territorio nacional.

«Mucha gente piensa que la medida se lanzó y quedó en el vacío, pero no es así: la resolución contemplaba tres meses para que las empresas de transporte y los terminales de pasajeros tomaran medidas para establecer los controles necesarios e impedir el ingreso de armas de fuego a las unidades”, remarcó Hidalgo en Venezolana de Televisión.

La resolución que prohíbe el porte de armas en todos los sistemas de transporte público de pasajeros fue elaborada por la Comisión Presidencial de Desarme y adoptada en forma conjunta por los ministerios de Defensa e Interior y Justicia, que serán los encargados a través de los diferentes cuerpos de seguridad de velar por su cumplimiento.

Hidalgo explicó que las personas que tengan porte de armas vigentes tampoco podrán llevar armas consigo en el transporte público. “Los organismos de seguridad ciudadana tienen autorización para decomisar el arma, y el porte es anulado automáticamente”, advirtió.

También apuntó a la responsabilidad de las empresas de transporte, que deben controlar a través de arcos detectores de metales, dispositivos portátiles y cacheos a pasajeros y equipajes. También, se debe evitar que los transportistas levanten pasajeros fuera de las terminales interurbanas.

“La responsabilidad de la recolección de pasajeros de los expresos en la vía cae sobre la empresa transportistas”, advirtió Hidalgo, quien confió además que la resolución será respetada para evitar multas o cierre de terminales que, indicó, “serían un problema para el colectivo”.

La resolución dispone que sólo los miembros activos de fuerzas de seguridad o de las Fuerzas Armadas pueden portar armas en el transporte público, como así también los deportistas de tiro, con autorizaciones previamente expedidas por las Federación Venezolana de Tiro.

En las terminales sólo podrán portar armas los guardias de empresas de seguridad y de custodia de valores debidamente autorizados, sólo cuando se encuentren en funciones de vigilancia.

La resolución interministerial fue publicada el 25 de agosto de 2011 en la Gaceta Oficial 39.743.

Fuente y Foto/Prensa MPPRIJ