Los bolivianos se concentraron para reafirmar la lucha contra el «imperialismo» |Evo Morales promulga 7 decretos a favor de los trabajadores

Como parte del compromiso que mantiene el Gobierno con la clase trabajadora, el presidente de Bolivia, Evo Morales, promulgó un paquete de normas legales en beneficio de los obreros de este país andino-amazónico.

Son siete decretos supremos, entre ellos figura el aumento del salario mínimo hasta en seis por ciento (queda en 245 dólares). Así lo anunció el mandatario este domingo desde una ceremonia en el Palacio de Gobierno en el marco del Día Internacional del Trabajador.

Al acto asistieron los principales dirigentes de la Central Obrera Boliviana y de todas las organizaciones sociales, entre ellos, campesinos, petroleros, fabriles y mineros.

Los presentes coincidieron que el 1 de mayo debe ser una fecha para reafirmar la decisión de fortalecer la lucha contra el «imperialismo» y contra la derecha.

Por su parte, el máximo dirigente de la Central Obrera Boliviana, Guido Mitma, llamó al compromiso de todos los trabajadores, «la unidad granítica» de los trabajadores, para que se haga respetar las conquistas y sus derechos.

SOBRE EL AUMENTO SALARIAL EN BOLIVIA

El primer decreto establece el incremento salarial de los servidores públicos y establece la escala salarial para las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo.

Según fuentes oficiales, esa norma establece que en el marco de la política de austeridad, se excluye del incremento salarial a las máximas autoridades del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado Plurinacional, aplicándose solamente el incremento de hasta el seis por ciento (6 por ciento), para los servidores públicos que tienen un haber básico menor a 15 mil bolivianos.

El decreto determina que el incremento salarial en el sector privado será acordado entre los sectores patronal y laboral, sobre la base del seis por ciento.

Otra norma regula el traslado de feriados nacionales con el fin de promover el turismo como actividad económica estratégica.

Considerando el feriado con suspensión de actividades políticas y privadas, los días lunes posteriores a los feriados que correspondan a los días domingos, con excepción de los días lunes y martes de Carnaval, Viernes Santo, Corpus Christi y 2 de noviembre (Día de Todos los Difuntos), no son trasladables.

T/Telesur
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