Fijan lista de bienes de intercambio comercial a través del Sucre

Los Ministerios del Poder Popular para Economía y Finanzas, para el Comercio, para las Industrias Básicas y Minería, para la Agricultura y Tierras, para la Energía y Petróleo, para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias , y para la Alimentación en concordancia con el artículo 1 de la Ley Aprobatoria del Tratado Constitutivo del Sistema Unitario de Compensación Regional de Pagos, establecieron la lista de bienes que serán objeto de las operaciones de importación y exportación que efectuarán única y exclusivamente las empresas del Estado de la República Bolivariana de Venezuela, con el Estado Plurinacional de Bolivia, la República de Cuba, la República del Ecuador y la República de Nicaragua bajo los principios de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América y el Tratado de Comercio de los Pueblos (Alba-TCP) . Dicha resolución fue publicada en la Gaceta Oficial número 39.355, de fecha miércoles 27 de enero de 2010.

Entre los bienes a importar por Venezuela en la primera fase, que culminará en junio de 2010, están maíz amarillo; arroz paddy; frijoles; porotos y soya; cloruro de potasio; ácido sulfúrico; hilos de coser de algodón y alcohol isopropílico.

Los bienes a exportar incluyen melones, plátanos, café, harina de maíz, mangos, jugo de naranja, cacao en grano y pasta, manteca, frijoles negros, sardinas, metanol, aceites blancos, lubricantes, sulfato de aluminio, alambre de aluminio y gasolina, entre otros.

El Sucre tendrá valor de 1,25 dólares y facilitará las transacciones entre los países del ALBA en sustitución del el dólar estadounidense.

La resolución destaca que los ministros y ministras tendrán la potestad de realizar la revisión y actualización de las listas de bienes establecidos.

T/Redacción CO