Según Gaceta Oficial N° 39.646|Instituciones bancarias sólo podrán conformar cheques por más de 100 bolívares

Banco Central de Venezuela

A partir de este 1º de abril, las instituciones bancarias sólo podrán conformar cheques cuyos montos sean iguales o superiores a 100 bolívares, según lo establece un aviso del Banco Central de Venezuela (BCV), publicado en la Gaceta Oficial 39.646, de fecha 31 de marzo de 2011, que circuló este viernes.

El objetivo, tal como señala la resolución, es promover los instrumentos de pago electrónico y el uso racional de los medios de pago, así como reducir las congestiones en las agencias bancarias.

En ese sentido, el ministro de Estado para la Banca Pública y presidente del Banco de Venezuela, Humberto Ortega Díaz, señaló este viernes que la medida persigue fomentar el uso de la tarjeta de débito y facilitar las operaciones para los usuarios y comercios.

Destacó que, en el caso de los clientes del Banco de Venezuela, está la opción de los terminales bancarios comunales (TBcom), donde las personas, en sus propios sectores populares, pueden efectuar depósitos por hasta 500 bolívares y retiros de máximo 300 bolívares.

Fuente/AVN
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