Mediante resolución conjunta de los Ministerios del Poder Popular para la Salud (Minsalud), para el Comercio (MPPC), para Ciencia, Tecnología e Innovación (MPPCTI) y para la Alimentación (MPPA), se instrumenta el Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM).
Así lo establece la resolución conjunta N° 067 del Minsalud, N° 042 del MPPC, N° 037 del MPPCTI y N° 020-12 del MPPA, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.928, con fecha del 23 de mayo de 2012, que circula este jueves.
“Se establecen los lineamientos y criterios que rigen la emisión de la Guía Única de Movilización, Seguimiento y Control de medicamentos destinados tanto a la comercialización como a la distribución, en el territorio nacional”, indica la normativa.
La resolución aplica para laboratorios fabricantes de productos farmacéuticos, laboratorios fabricantes de productos naturales, casas de representación, droguerías, farmacias comerciales y farmacias asistenciales.
Destaca que el SICM tiene el objeto de controlar y hacer seguimiento de la importación de la materia prima para la fabricación de medicinas, la importación de productos terminados, los inventarios, la recepción y despacho en toda la cadena de comercialización o distribución de medicamentos registrados ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud.
El sistema debe generar los indicadores necesarios a las autoridades competentes para garantizar la disponibilidad continua y oportuna de los medicamentos en todo el territorio fundacional, señala la norma.