Señaló el embajador de Venezuela en Italia|Isaías Rodríguez: Guerras económicas se enfrentan con la Constitución

El embajador de Venezuela en Italia, Isaías Rodríguez, sostuvo este martes que la guerra económica que emprenden sectores de derecha en el país debe ser enfrentada bajo el mandato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de un Poder Legislativo fuerte.

Consideró que el presidente de la República, Nicolás Maduro, tendrá «con qué enfrentar la guerra económica» si la Asamblea Nacional (AN) aprueba el proyecto de Ley Habilitante contra la corrupción.

«Frente a esa guerra la única alternativa es un Poder Legislativo fuerte», expresó Rodríguez en declaraciones a Venezolana de Televisión.

El referido instrumento legal le dará poderes especiales al primer Mandatario para luchar contra la corrupción y la guerra económica que se expresa en el acaparamiento, la especulación con los precios de alimentos y demás productos básicos.

«Si ese Poder Legislativo en este momento le delega las facultades al Presidente de la República, vamos a tener con qué enfrentar la guerra económica. Las guerras económicas se enfrentan con la Constitución. Es una guerra de Constitución contra la guerra económica», continuó el embajador.

La presentación del proyecto de Ley Habilitante ante la AN es el primer paso que debe dar el presidente Maduro, para que posteriormente se dé la sanción del instrumento legal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 204 de la Constitución.

Luego de que la junta directiva de la AN determine si el proyecto de ley cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional (Ridan), se procede a distribuirlo entre los asambleístas para su posterior discusión en plenaria, explicó la Procuraduría General de la República a través de su portal web.

El tercer paso se efectúa después de haber sido aprobada en primera discusión y es cuando la Habilitante es remitida a la Comisión Especial para que la misma analice la normativa y elabore un informe.

Dentro de los 10 días siguientes se debe efectuar la segunda discusión del proyecto. Cuando se trata de una emergencia, la AN podrá estipular un tiempo menor para realizar el debate.

El artículo 215 de la Constitución señala que una vez que sea aprobada la ley en su segunda discusión, la misma pasará al Ejecutivo para su promulgación y publicación en Gaceta Oficial.

T/AVN