No habrá prórroga|Se inicia el lapso para que altos funcionarios presenten su Declaración Jurada de Patrimonio

El próximo jueves 1° de julio se inicia el lapso para que altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público nacional, estadal y municipal presenten su Declaración Jurada de Patrimonio actualizada en formato electrónico a través del portal de la Contraloría General de la República, www.cgr.gob.ve.

De acuerdo con la Resolución N° 01-00-057 del 26-03-2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.148 del 27-03-2009, el Contralor General de la República exige la presentación anual de la Declaración Jurada de Patrimonio a los altos funcionarios de los órganos y entes del Poder Público nacional, estadal y municipal en el lapso comprendido entre el 1° y el 31 de julio de cada año.

Están obligados a presentar la DJP, entre otros, quienes ocupen los siguientes cargos: Presidente y Vicepresidente de la República, Diputados a la Asamblea Nacional, Magistrados del TSJ y de las Cortes 1ª y 2ª de lo Contencioso Administrativo, Junta Directiva del CNE, Fiscal General de la República y Vicefiscal, Defensor del Pueblo y Director Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, Contralor General de la República y Subcontralor, Gobernadores y Secretarios de Gobierno, Legisladores de los Consejos Legislativos Estadales, Procuradores de estado, Subprocuradores y directores generales, Contralores de estado, Alcaldes, Concejales Distritales y Municipales, Contralores Distritales, municipales y directores generales, así como Síndicos Procuradores, Distritales y Municipales.

La citada resolución también establece la obligación de presentar anualmente DJP actualizada de los altos funcionarios al servicio de los órganos y entes señalados en los numerales 1 al 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal que desempeñen funciones permanentes o transitorias, remuneradas o gratuitas, originadas por elección popular, por nombramiento o contrato otorgado por la autoridad competente.

Es importante resaltar que no habrá prórroga y que las personas pueden presentar su DJP en formato electrónico desde cualquier computador y lugar del país, a través de la página web de la CGR, donde están disponibles las instrucciones para realizar el procedimiento.

Fuente/Prensa MP