La hipocresía canadiense: Sanciones financieras violan obligaciones legales

Por: Robert Tully Dunlap*

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El Gobierno de Canadá y Venezuela firmaron en 1982 un Acuerdo para Promover y Proteger Inversiones entre los dos países. El convenio se mantiene vigente, pero recientemente ha habido violaciones evidentes. La nación norteamericana está discriminando a los ciudadanos venezolanos por medio de sanciones financieras.

El Acuerdo requiere “la promoción y protección de inversiones de los inversionistas de un parte contratante en el territorio de la otra parte contratante”. Tal vez, lo más significante es que el convenio define el término “inversión” para incluir “dinero, reclamaciones en dinero, y reclamaciones sobre el contrato con valor financiero”. El pacto legal garantiza que las inversions no serán nacionalizadas o expropriadas o tratadas con el efecto de ser nacionalizadas o expropiadas. . . con la excepción de propósito de interés público, bajo el debido proceso legal, en una manera que no discrimine, y con compensión adecuada y puntual.

Sin duda, en las sanciones a ciudadanos venezolanos, Canadá ha expropiado la propriedad de personas jurídicas y naturales de la nación caribeña, basado en discriminación política que ignora el acuerdo que promete no discriminar.

La ironía (e hipocresía) es imposible ignorar: el Gobierno canadiense entró en el acuerdo para promover inversiones privadas, tratamiento justo, y el principio que los ciudadanos venezolanos que invierten en Canadá reciben la protección de la ley. Ahora, Canadá discrimina a los ciudadanos venezolanos con el pretexto de promover la libertad individual. Lo que Canadá pretende penalizar es el mismo acto que ha manifestado no incurriría.

Estas violaciones no resultan sin remedio: el Gobierno venezolano y los ciudadanos venezolanos pueden entablar reclamaciones de arbitraje contra el Gobierno canadiense que sería ejecutable bajo de leyes internacionales. El Canadá no puede obviar el acuerdo y no puede privar a los ciudadanos venezolanos de su propiedad. El Estado suramericano y sus ciudadanos pueden probar que la ley no permite la discriminación política y que la promesa de tratamiento igual debe ser honorado.

* El autor, Robert Tully Dunlap, es un abogado residenciado en los Estados Unidos. Ha trabajado en Miami, Florida con uno de los jueces federales más conocidos. También realizó investigaciones para el Departamento de Estado en la Misión de los Estados Unidos ante la Unión Europea en Bruselas, Bélgica, donde analizó la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia en relación con las sanciones internacionales.

roberttullydunlap@gmail.com
Boston
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