Las razones de la cayapa

A desalambrar

Por: Ana Cristina Bracho

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En la más reciente aparición del Anuario Mexicano de Derecho Internacional, publicada este año, hay un artículo de Aisya Abdul Rahman, antigua procuradora de Malasia y maestra en Derecho Internacional de la Universidad de Edimburgo, en el que analiza la legitimidad y la legalidad de las intervenciones humanitarias unilaterales. Si la abogada se interesa en la legitimidad de las acciones colectivas es porque reconoce que las acciones unilaterales han sido consideradas contrarias al Derecho Internacional.

Se trata entonces de un juego: si un país ataca a otro, es un crimen de agresión. Si son varios y aun mejor si son muchos podemos decir que la comunidad internacional considera que un país tiene un comportamiento inadecuado incluso peligroso para el sistema. Por eso, antes de atacarlo es necesario crear alianzas para demostrar que esa manera de ser no debe tolerarse. Esta es la razón de existir del Grupo de Lima, jugar para hacer pasar cualquier acción unilateral –y en consecuencia, ilegal– como colectiva, consensuada y destinada a proteger valores más importantes.

Por otro lado, hay dos supuestos que distingue Abdul en cuanto a la legalidad. La legalidad estaría enmarcada en que la acción sea acompañada y de ser posible hasta organizada por el Consejo de Seguridad de la ONU como ocurrió en Liberia. Allí podemos entender porqué coinciden el momento de mayor actividad del Grupo de Lima con la presencia de un halcón de Washington, Nimrata Nikki Randhawa Haley –a quien conocemos como Nikki Haley y no como Nimrata Randhawa porque esto nos haría sospechar que sus padres eran hindúes y no estadounidenses– en el Consejo de Seguridad.

Sin embargo, esta llave no funcionó debidamente y Haley abandona el Consejo de Seguridad al tiempo que China, nuestro aliado, asume la Presidencia. En estos cambios la cayapa está desplazándose y han fijado el centro de acción en la Corte Penal Internacional (CPI), en la cual avanza confidencialmente un Examen Preliminar sobre Venezuela, desde febrero.

¿Tiene esto consecuencias jurídicas? En principio ninguna porque los Estados no pueden demandar ante la CPI. Allí, el asunto es crear una falacia ad populum, de modo que las acusaciones que se presenten contra Venezuela serán verdad no porque hayan pruebas sino porque muchos países, Estados muy poderosos, lo afirman.

Aunque esto no se parezca en nada a los ideales escritos en los documentos de la ONU, son parte de sus dinámicas reales y, por eso, se están dando estas alineaciones.

Nuestra respuesta ha de ser contundente y ordenada. Mirar, por ejemplo, que está abierto el lapso de la OEA para que todos los interesados opinen sobre cuáles Estados violan Derechos Humanos, ¿cuándo haremos nosotros unas cayapas populares, jurídicas y diplomáticas como las cubanas para demostrar que, con sus juegos de muerte y mentiras, no podrán doblegarnos?

@anicrisbracho
Caracas