A los ciudadanos declarados responsables de daño al patrimonio público|Ley Orgánica de la Contraloría prohíbe a inhabilitados ejercer cargos públicos

Para hacer más transparente la gestión del Estado venezolano, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal consagra la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas a todos los ciudadanos que sean declarados responsables, en lo administrativo, de causar daño al patrimonio público.

En su artículo 105, la normativa referida establece que las máximas autoridades de los organismos y entidades del sector público de todo el país, antes de proceder a la designación o a ordenar el contrato de cualquier funcionario, están obligadas a consultar el registro de inhabilitados de la Contraloría General de la República, el cual se encuentra publicado y actualizado en el portal web de ese organismo contralor.

Al respecto, mediante un boletín de prensa, la institución aclaró que toda designación al margen de esta norma será nula.

Por otra parte, según el artículo 91 numeral 27 de dicha Ley acarrea responsabilidad administrativa la designación de funcionarios que hayan sido declarados inhabilitados por la Contraloría General de la República.

«Es por ello que las máximas autoridades que designen u ordenen la contratación de personas inhabilitadas por la CGR serán objeto de responsabilidad administrativa», refiere el texto.

T / AVN

saludos una pregunta quisiera saver si los consejos comunales que no presenten su memoria y cuenta durante su periodo a la comunidad tambien quedan inhabilitado para postularse un 2 periodo ya que hay consejo comunales que no cumplen este requisito ni por la contraloria del estado ni por las comunas ni tampoco por el cne cuando se postulan a una eleccion popular. por favor necesito su respuesta al intituto que le compete porque en nuestra comunidad se va a realizar las elecciones comunales y tenemos esa inquietd gracias