Lobo: Ley de Armonización de Potestades Tributarias contribuirá al desarrollo armónico de la economía

Desde la Asamblea Nacional se está llevando adelante la consulta pública para el ajuste y posterior aprobación de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de Estados y Municipios, instrumento legal que entre otras cosas aportar elementos para la promoción del desarrollo armónico de nuestra economía.

Así lo detalló el presidente de la subcomisión de Finanzas de la Asamblea Nacional, diputado Ramón Lobo, quien además resaltó, en una entrevista concedida a Con El Mazo Dando, que una de las novedades que contiene este instrumento legal es la creación del Consejo Superior de Armonización Tributaria.

¿Cuál considera usted que es la importancia de la Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de Estados y Municipios?

En primer lugar, queremos indicar que esta Ley tiene por objeto establecer los principios, parámetros, limitaciones, tipos impositivos y alícuotas para garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRVB).

Su importancia fundamental radica en la posibilidad real, a través de la misma, de la promoción del desarrollo armónico de la economía nacional, así como de favorecer la optimización y eficiencia de los procesos tributarios a fin de reducir la evasión y elusión fiscal.

¿Qué beneficios traerá al sector comercial y al país en general esta Ley Orgánica de Coordinación y Armonización de las Potestades Tributarias de Estados y Municipios?

Se fortalece el concepto de las cargas tributarias proporcionales tomando en cuenta la capacidad económica y evitando la doble tributación o sobreimposición, lo cual propiciara la actividad productiva.

¿Qué novedades trae esta Ley?

Inicialmente, la posibilidad de articular la aplicación de las potestades tributarias establecidas en la CRBV.

Podemos destacar la creación del Consejo Superior de Armonización Tributaria, el cual estará integrado por la ministra o ministro con competencia en economía y finanzas, la autoridad de la administración tributaria nacional y la vocería de tres gobernadores o gobernadoras y tres alcaldes o alcaldesas.

A su juicio, ¿Cuáles considera usted que son los principales parámetros o limitaciones que establece esta Ley?

La ley esta orientaba con los principios de integridad territorial, cooperación, concurrencia, corresponsabilidad, coordinación, progresividad, equidad, justicia, legalidad, capacidad contributiva, no retroactividad, no confiscación, eficiencia, eficacia, celeridad, transparencia, simplicidad y seguridad jurídica.

Las limitaciones y parámetros considerados están básicamente asociados a los mínimos y máximos permitidos en las alícuotas que puedan fijar los estados y municipios, en un todo de acuerdo con el artículo 156, numeral 13 de la CRBV

¿Qué mecanismos de control se establecen dentro de este instrumento legal para evitar que exista una sobre carga impositiva en el país?  

Mediante las competencias asignadas al Consejo Superior de Armonización Tributaria y al papel rector de la ministra o ministro con competencia en economía y finanzas.

Dentro de esta Ley se estable que: «No podrán establecerse tributos que afecten el comercio exterior, de manera directa o indirecta». Pero, qué mecanismos se establecen para proteger el comercio interno.

El comercio interno, por ejemplo, cuando se fijan tributos sobre la base de la capacidad contributiva, y se actúa de manera coordinada entre los distintos niveles de gobierno, evitando así el pago del mismo tributo en los municipios y estados por donde transitan las mercancías o bienes.

¿En esta Ley se establecen controles o limitaciones para el uso de los recursos que sean percibidos por la vía de impuestos municipales?

En ningún momento, los estados y municipios dispondrán de dichos recursos de acuerdo a su ley de presupuesto o a lo que aprueben los consejos legislativos y concejos municipales.

¿Para cuándo estiman llevar este instrumento legal a su segunda discusión en la plenaria de la Asamblea Nacional?

No está definido, se ha orientado el más amplio debate a nivel nacional. Una vez concluida la consulta pública se llevara a la comisión de economía, finanzas y desarrollo nacional para la discusión final y luego se enviara a la plenaria de la Asamblea Nacional.

T/Con el Mazo Dando
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