El próximo martes 26 de junio, la Federación Nacional de Sindicatos Regionales y Conexos de los Trabajadores de la Salud (Fenasirtrasalud) y el Sindicato Regional de Trabajadores de la Salud (Sirtrasalud) se reunirán con personal contratado que labora en los distritos sanitarios del estado Miranda para la conformación de una comisión estadal del sector salud.
El presidente de Sirtrasalud, William Ramírez, explicó que la delegación se encargará de representar ante el Ministerio para la Salud a obreros, empleados administrativos, médicos y enfermeros que se encuentran contratados.
«El propósito es nombrar a un grupo de delegados que representen a los contratados del sector Salud. Esto ocurrirá en una primera fase el martes con la creación de comisiones por distritos o municipios, que se encargarán de conformar la comisión estadal que asistirá a las mesas de trabajo con el ministerio, el jueves 28 en otra reunión».
Indicó que existen más de 5000 trabajadores que tienen más de 10 años bajo la figura de contratado y que, según lo establece la Ley del Trabajo, las trabajadoras y los trabajadores (Lottt), deben pasar a cargos fijos.
«En diciembre del año pasado, el presidente Hugo Chávez firmó un documento que ordena a la ministra de Salud a otorgar cargos fijos al personal contratado, pero han transcurrido siete meses y todavía no hemos visto respuestas, por ello nos estamos movilizando para cumplir con los preceptos de la Lottt, instrumento legal aprobado por nuestro comandante que reivindica al trabajador», explicó.
Este encuentro se realizará a las 9:00 de la mañana en el anexo del Hospital Victorino Santaella, ubicado en Los Teques, estado Miranda.
La lottt entró en vigencia el pasado 1º de mayo, y establece en su artículo 48, la eliminación de la tercerización, por lo tanto, no se permitirá «la contratación de trabajadores o trabajadoras a través de intermediarios o intermediarias, para evadir las obligaciones derivadas de la relación laboral del contratante», por esta razón se incorporarán a «la nómina de la entidad de trabajo contratante principal al personal tercerizado que «gozarán de inamovilidad laboral hasta tanto sean incorporados efectivamente a la entidad de trabajo».