Autorizada en la cámara de Diputados |Cámara de Senadores de Bolivia aprobó proyecto de Ley Contra el Racismo

La Comisión de Constitución, Derechos Humanos, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Senadores de Bolivia aprobó la noche del martes, el proyecto de Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación (LCRTFD), informó este miércoles el legislador boliviano Eugenio Rojas.

Un reporte de la Agencia Boliviana de Información señala que la Ley será remitida al Pleno para su aprobación  y con eso estaría concluida la parte de tratamiento en el Senado.

La LCRTFD posee 26 artículos y fue aprobada en la cámara de Diputados tras un largo debate en la comisión senatorial y horas después de que el presidente Evo Morales dialogara con organizaciones sociales,  periodistas y empresarios mediáticos, además de sindicatos de trabajadores de la prensa de La Paz y entidades sociales, los cuales solicitaban las modificaciones de los Artículos 16 y 23.

El senador del partido de gobierno confirmó que la ley ha sido aprobada en la Comisión «sin ninguna modificación al artículo 16 y de igual forma el artículo 23».

Por su parte, la senadora Rhina Aguirre, del Movimiento Al Socialismo expresó que «el artículo 16 tiene carácter preventivo y no es necesario cargarle tanta tinta y convertirlo en un caballo de guerra, sirve para prevenir y castigar sólo a quienes atenten contra la dignidad de las personas y se discrimine por su origen color, religión o de otro tipo».

Asimismo,  el senador Bernard Gutiérrez, de la opositora Convergencia Nacional, rechazó el artículo «toda vez que establece, que se pretende imponer un mecanismo para coartar a los medios de comunicación y hasta disponer su cierre».

LOS ARTÍCULOS POLÉMICOS

El Artículo 16 se refiere a los medios masivos de comunicación y describe que cualquiera de estos que autorice y publique ideas racistas y discriminatorias, será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujeto a reglamentación.

El Artículo 23, denominado: “Delitos contra la Dignidad del Ser Humano”, menciona normativas contra el racismo y la discriminación, enunciando sanciones con pena privativa de libertad: si el hecho es cometido por un servidor público o autoridad pública, si el delito fuera cometido mediante impreso, manuscrito o a través de medios de comunicación o por un trabajador de un medio de comunicación social.

F/ABI – Asamblea Legislativa Boliviana
T/MEP