Publicada en Gaceta la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos|Entes públicos deberán elaborar planes de simplificación de trámites

Este miércoles circuló la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.149, del 18 de noviembre de 2014, que contiene el decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Simplificación de Trámites Administrativos, dictado por el presidente de la República, Nicolás Maduro; así como la designación de Dante Rivas como autoridad Única de Simplificación de Trámites Administrativos.

Esta normativa instruye a los órganos de la Administración Pública a elaborar planes de simplificación de gestiones; crea el Instituto Nacional para la Gestión Eficiente de Trámites y Permisos (Ingetyp), que estará presidido por la Autoridad Única; y sanciona con multas de entre 25% y 50% de su remuneración mensual a servidores públicos que «sean responsables del retardo, omisión o distorsión de los trámites administrativos» o de incumplir la Ley.

Los organismos deben presentar sus planes ante Ingetyp en un plazo de 180 días a partir de la entrada en vigencia de la Ley, que quedó establecida, en una disposición transitoria, para el 1º de enero de 2015. De esta manera, el lapso concluye el 1º de julio del próximo año.

Los planes de los entes deben suprimir los trámites innecesarios, reducir al mínimo los requisitos y exigencias a las personas, utilizar al máximo las herramientas tecnológicas, incorporar controles automáticos, propiciar la participación de las comunidades organizadas y concentrar trámites para evitar su repetición en los distintos órganos.

Del mismo modo, la Ley indica que deben usar preferentemente medios tecnológicos para emitir actos, resultados o notificaciones, y establece que no podrán exigir copias certificadas de documentos públicos ni de cédulas de identidad, ni comprobantes de pagos anteriores o solvencias ya emitidas por los mismos entes.

Además, es obligación de las instituciones ofrecer información completa sobre sus trámites, preferiblemente vía Internet, y en las oficinas deben colocar un cartel con la identificación de la persona responsable, la duración del proceso, los derechos de las personas y la forma de dirigir reclamos o sugerencias.

También deben disponer de un servicio de información telefónica y de atención al público en las sedes, con horarios especiales para facilitar el acceso de los interesados.

Deberán crear un sistema de información centralizada, automatizada y de fácil acceso para apoyar los servicios de atención al público, y medios de transmisión electrónica de datos. Además, si requieren comprobar información con otro ente, deben realizarlo sin transferir la responsabilidad al usuario.

NUEVAS INSTANCIAS

La ley contempla la posibilidad de crear Ventanillas Únicas para atender a las personas en sus trámites. Pueden ser institucionales o interinstitucionales.

Nace también el Sistema Nacional de Trámites Administrativos (Sistrad), que será regido por una Comisión Presidencial, dedicada a la formulación de las líneas estratégicas y la coordinación de las instituciones.

Esta instancia será encabezada por el vicepresidente Ejecutivo de la República y estará integrada por representantes de los ministerios de Planificación; Economía, Finanzas y Banca Pública; Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología y la Autoridad Nacional en Trámites.

El Presidente nombró a Rivas como Autoridad Única en septiembre. También designado director del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (Saren), ya ha activado un plan piloto de agilización de trámites en el Registro Principal de Caracas.

Fuente/AVN

Sugerencia: Uno de los elementos que favorecería la simplificación de trámites, es que aumenten la velocidad del Internet