Empresas deben vender 40% del importe al BCV|Establecieron tasa Simadi para las exportadores

El Banco Central de Venezuela (BCV) publicó en la Gaceta Oficial número 40.851 del 18 de febrero de 2016 el convenio cambiario número 34, el cual establece que los exportadores podrán vender 40% de las divisas que genere su actividad a la tasa del Sistema Marginal de Divisas (Simadi).

EL CONVENIO

El artículo N° 1 reitera que las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la actividad exportadora podrán administrar 60% de las divisas que generen, mientras el restante deben venderlo al Banco Central de Venezuela (BCV) a la tasa Simadi, actualmente en Bs. 202,94 por dólar.

Semanas atrás, los exportadores presentaron en las mesas de trabajo del Consejo Nacional de Economía, unas solicitudes para reactivar el sector que se están concretando. Antes de esta resolución las empresas dedicada a la venta exterior de mercancías debía vender a la tasa que dejó el extinto Sistema Alternativo de Administración de Divisas (Sicad 2), de Bs. 52 por dólar.

También se concretó que para la venta de divisas no será necesaria la inscripción en Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (Rusad). Y agrega que el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) simplificará los trámites para el proceso exportador.

T/ Manuel López
F/Archivo