Por Arturo Tremont|Nuevos derechos (Opinión Gráfica)

Los derechos son progresivos dice la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Cuando la sociedad conquista derechos y éstos se convierten en algo cotidiano, los movimiento sociales que lucharon por ellos abren caminos a nuevos derechos.

La Constitución de 1961 establecía nueve contingencias de la seguridad social, derivadas de los Convenios Internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). La Constitución (CRBV, Art. 86) determina más de 17 contingencias y cualquier otra circunstancia de previsión social.

Esos derechos se hacen realidad cuando los beneficiarios los reclaman y están pendientes de mantenerlos, tomando acciones cuando las autoridades los subestiman, los minimizan o intentan desaparecerlos.

Valga el ejemplo de las exenciones tributarias para los adultos mayores y niños, a los efectos de obtener un pasaporte, legalizar un documento ante una Notaría o Registro Civil, Antes no se pagaba, ahora sin explicación alguna, hay que cancelar las unidades tributarias correspondientes.

Igual ocurre cuando una Asociación Civil de pensionados y jubilados legaliza sus documentos ante el Registro y solicita el Registro de Información Fiscal (RIF) en el Seniat. Antes no se cancelaba, ahora el trato es igual a un particular o empresa privada.

La Ley Orgánica de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) establece normas para los edificios, en cuanto a la construcción de rampas de acceso y agarraderas. La mayoría de los edificios viejos no cumplen esa normativa, solo aquellos que han sido inspeccionados por el Ministerio del Trabajo.

Las organizaciones sociales deben difundir esas reglas. De esa forma si podemos hablar de progresividad de los derechos.

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