La reforma parcial de la Ley del Seguro Social (G.O. 393079, 30/4/2012) permite que el trabajador independiente se afilie al sistema de seguridad social por el régimen de Continuidad Facultativa, cotizando mensualmente hasta completar el total de las cotizaciones exigidas por la ley.
Se han realizado jornadas especiales en diferentes áreas, en el comercio minoritario, transporte, en las cuales se han inscrito un importante número de personas.
Sin embargo, aun esta modalidad de afiliación no es conocida ampliamente por las trabajadoras y los trabajadores independientes, pues el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) no ha desarrollado una campaña de inducción que permita ampliar la cobertura a ese sector de la economía informal.
Un obstáculo para la inscripción de muchas personas consiste en que a la edad de 55 años la mujer y 60 años el hombre, no han cotizado los años suficientes para optar a la pensión. Por ejemplo, una persona que solo trabajó cinco años en una empresa o institución pública tiene acumulada 260 semanas, por tanto, debe esperar 10 años mas para completar las 750 semanas exigidas por ley.
En esos casos la persona no se anima a inscribirse, aunque puede convencerlo el argumento de protegerse ante la eventualidad de una enfermedad que lo discapacite y obtenga una pensión por invalidez.
Una solución al problema es reformar parcialmente el Artículo 6 de la Ley del Seguro Social, estableciendo la norma que en el caso de las personas que ya cumplieron la contingencia de la edad (55-60) y tienen acumuladas un determinado número de semanas, se le permita pagar de una sola vez las semanas restantes.
Un mecanismo excepcional, inspirado en la política de inclusión que permita amparar a miles de personas.