Este martes|Parlamento discutirá Ley Orgánica de la Justicia de Paz

El proyecto de Ley de Reforma de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, que adelanta la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional (AN), se llevado a primera discusión este martes en el Parlamento.

El cuerpo legislativo discutirá la exposición de motivos, estructura y el objeto de la norma, así como los títulos, capítulos, disposiciones transitorias y la derogatoria del referido proyecto, según público el portal web de ANTV.

Una vez aprobada por el cuerpo legislativo, en primera discusión, el proyecto de esta ley será llevado a consulta pública nacional para que el pueblo de sus aportes e ideas a este instrumento que promueve la aplicación de preceptos de paz en las comunidades y que será llevado de la mano por los consejos comunales.

De acuerdo con el Título I del objeto de la ley, se regulará todo lo relativo a la Justicia de Paz que deberán aplicar los municipios, a través de los consejos comunales, para prestar estos servicios, determinar su organización, de acuerdo con el contenido de la norma.

En este sentido, se elegirá un juez o jueza de paz, quien tendrá por función solucionar los conflictos que se presenten en las comunidades.

La misma norma establece la forma cómo deberán solucionarse los conflictos, las garantías y principios por los que se regirá, así mismo alude a las competencias de los jueces o juezas, atribuciones y la forma como deberán rendir cuentas ante las comunidades y la autoridad municipal.

Igualmente, refiere la forma en que serán sufragados los gastos de la implementación y difusión de la Justicia de Paz y la remuneración de los jueces y las juezas.

Incluye la forma de elección y remoción de los funcionarios y la autoridad con competencia para celebrar la elección de los jueces y las juezas, el proceso de postulación y de cómo se realizará el proceso de registro electoral para su elección.

En cuanto a los aspirantes, la ley prevé las condiciones para la elegibilidad en zonas urbanas, rurales y los municipios indígenas, de igual manera las causas para ser revocados o revocadas del cargo.

La ley contempla la asignación de sedes y competencias de acuerdo con el ámbito geográfico determinado, así como el procedimiento con el que actuarán los jueces o las juezas de paz, de acuerdo con las fases del proceso hasta la sanción del mismo.

Texto/CO
Fuente/AVN