En Gaceta Oficial|Publican condiciones para suministro de repuestos al transporte público y de carga

Las condiciones para el suministro de repuestos e insumos para las unidades de transporte público, quedaron fijadas en la Gaceta Oficial número 40.622, con fecha de 17 de marzo de 2015.

En una resolución conjunta entre los ministerios para el Comercio, y para Transporte Terrestre y Obras Públicas, se explica que las cuotas o asignaciones de los fabricantes inscritos y a inscribirse en el Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST) serán de un 20% de su producción, y estarán destinados a las Proveedurías de Repuestos e Insumos, para atender a los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y a los prestadores de transporte de carga.

Asimismo, todas las empresas fabricantes de repuestos e insumos deberán inscribirse en el Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el sector Transporte Público Terrestre (Siverist). En tal sentido el Siverist será la plataforma para el seguimiento y control de las cuotas o asignación que los fabricantes asignen a las Proveedurías de Repuestos e Insumos.

Además se establece que sólo las Proveedurías de Repuestos e Insumos comercializarán las cuotas o asignaciones de los fabricantes inscritos en el Siverist, para atender a los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y transporte de carga. “Los PVJustos a ser pagados a los fabricantes de repuestos e insumos, así como el precio final de venta al público a través de las Proveedurías de Repuestos e Insumos, serán fijados según los parámetros de la Ley Orgánica de Precios Justos”, expresa el artículo 4 de la resolución.

La Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (Fontur), encargada de ejecutar la resolución, tendrá potestad para incluir dentro del Siverist, los siguientes repuestos e insumos: cauchos, baterías, lubricantes, frenos, filtros, correas, guayas, mangueras, espirales, amortiguadores, ballestas.

A CONTINUACIÓN LA RESOLUCIÓN COMPLETA PUBLICADA EN GACETA OFICIAL Nº40.622

Artículo 1. Establecer las condiciones de suministro de repuestos e insumos para el servicio público de transporte terrestre de pasajeros y de carga a través de las proveedurías del transporte y el sistema venezolano de repuestos e insumos para el sector transporte público terrestre (SIVERIST).

Artículo 2. Las cuotas o asignaciones de los fabricantes inscritos y a inscribirse en el Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST) serán de un 20% de su producción, y estarán destinados a las Proveedurías de Repuestos e Insumos, para atender a los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y a los prestadores de transporte de carga.

Artículo 3. Sólo las Proveedurías de Repuestos e Insumos, para atender a los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros y transporte de carga, comercializarán las cuotas o asignaciones de los fabricantes inscritos en el Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST).

Artículo 4. Los precios justos a ser pagados a los fabricantes de repuestos e insumos, así como el precio final de venta al público a través de las Proveedurías de Repuestos e Insumos, serán fijados según los parámetros regulatorios contenidos en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos.

Artículo 5. Todas las empresas fabricantes de repuestos e insumos para todas las modalidades de vehículos de transporte público de pasajeros y vehículos de carga, deberán inscribirse en el sistema venezolano de repuestos e insumos para el sector transporte público terrestre (SIVERIST).

Artículo 6. Sin perjuicio de que el ente ejecutor de esta Resolución pueda agregar otros, quedan incluidos dentro del Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST), los siguientes repuestos e insumos: cauchos, baterías, lubricantes, frenos, filtros, correas, guayas, mangueras, espirales, amortiguadores, ballestas.

Artículo 7. Las Proveedurías deberán estar registradas e interconectadas en línea al Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST), a objeto de monitorear los inventarios y generar los reportes respectivos ante el Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre y Obras Públicas, el Ministerio del Poder Popular para el Comercio, y la Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR).

Artículo 8. El Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST) será la plataforma tecnológica para el seguimiento y control de las cuotas o asignaciones que los fabricantes destinan a las Proveedurías de Repuestos e Insumos, así como de las operaciones de comercialización ejecutadas por las Proveedurías para abastecer al Sector Transporte Público Terrestre y Transporte de Carga, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución.

Artículo 9. Las Proveedurías de Insumos y Repuestos de Transporte, serán las responsables de retirar los repuestos e insumos de la cuota asignada al Sistema Venezolano de Repuestos e Insumos para el Sector de Transporte Público Terrestre (SIVERIST), en las empresas participantes del Convenio Marco.

Artículo 10. La Fundación Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR), en coordinación con el Ministerio del Poder Popular para Transporte Terrestre y Obras Públicas y el Ministerio del Poder Popular para el Comercio, será el ente encargado de la ejecución y supervisión de la presente Resolución, y a tal efecto, deberá establecer reuniones mensuales con los fabricantes e importadores de repuestos e insumos para el sector transporte público de pasajeros y de transporte de carga, con el objeto de garantizar su cumplimiento.

Artículo 11. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

T/HOY VENEZUELA
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