Colectivo La araña feminista|Todas somos trabajadoras, todos los días del año (Opinión)

Cuando afirmamos que todas trabajamos todos los días lo decimos porque la asignación de tareas asociadas a mujeres y a hombres justificada a partir de un hecho biológico así lo prueban.

Así tenemos que el trabajo doméstico se reconoce socialmente como responsabilidad de las mujeres porque nosotras poseemos la capacidad de gestar, parir y amamantar a la especie, lo cual requiere que una gran mayoría pasemos una etapa de nuestras vidas en la casa.

Pero ¿qué es el trabajo doméstico? Son aquellas actividades que incluyen el aseo de la casa y la ropa de la familia; producción, adquisición y transformación de alimentos; cuidado de niñas y niños, personas ancianas y enfermas. También es trabajo doméstico las tareas que se realizan en el proceso de socialización (educación) o transmisión de la cultura a la descendencia, la reproducción de la fuerza de trabajo, es decir, alimentación, ropa limpia y otros servicios puntualmente, a los varones que trabajan y sostiene al sistema capitalista. Por supuesto, esta realidad no es igual para todas las clases sociales. Este trabajo, no remunerado, nos ocupa a las mujeres todos los días del año.

En la antigua ley de trabajo nada más se entendía el trabajo como el realizado por una persona bajo las órdenes de una empleadora o un empleador. Hoy en Revolución esto cambió por la participación protagónica de organizaciones feministas y de mujeres.

El feminismo hace otra propuesta de concepto de trabajo, que no solo considera trabajo esa relación de dependencia (patrón /trabajador) sino a todas las actividades que hacemos y que producen riqueza, no solo monetaria sino espiritual, social y que emana de la economía del cuidado que todavía está casi solo en manos de las mujeres que hacen las tareas de mantenimiento y cuido de la especie humana, de la casa, e incluso cuando decidimos asumir una labor dentro de la comunidad.

Esto lo recoge la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (Lottt) en su Artículo 17 y hace justicia a otra conquista del movimiento feminista como lo es el Artículo 88 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que reconoce el trabajo doméstico como generador de riqueza. Pero hay que resaltar que aún nuestra sociedad sigue minusvalorando el trabajo femenino.

Desde esta tribuna queremos recordar la importancia de la Lottt, pero también recomendamos empezar a leer con mayor detenimiento sus 554 artículos para hacerlos respetar. Por los momentos resaltamos el Artículo 20 igualdad y equidad de género; el 21 el principio de no discriminación en el trabajo; el 109 principio de igual trabajo igual salario; el 156 las condiciones dignas de trabajo; el 164 sobre el acoso laboral; el 165 sobre el acoso sexual; el 166 contra el acoso laboral y sexual.

Exigimos que los entes responsables den cumplimiento a esta ley sobre todo en estos temas álgidos y recordamos que aún está pendiente la creación y discusión pública del Reglamento de la Lottt.

T/ Carmen Teresa García R.
(Movimiento de Mujeres de Mérida)
I/Vargas