Petro podrá cambiarse por otra criptomoneda bolívares o divisas en mercados externos

Tendrá como respaldo un barril de petróleo u otros commodities como oro o diamante

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Cada unidad de petro tendrá como respaldo físico un contrato de compra-venta por un barril de petróleo de la cesta de crudo venezolano u otros commodities que decida la nación, tal como establece el decreto de creación de la Superintendencia de Criptoactivos y actividades conexas.

“Esta criptomoneda, el petro, se trata de petróleo venezolano cotizado en la cesta OPEP, así como otros commodities, entre ellos el oro, diamante, coltán y gas”, establece el artículo 4 del decreto 3.196 publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.346 del viernes 8 de diciembre de 2017.

La normativa establece que la Superintendencia de Criptoactivos y Actividades conexas venezolana estará integrada a la Vicepresidencia de la República. Funcionará como servicio desconcentrado sin personalidad jurídica, con capacidad sobre los recursos que le correspondan.

BILLETERA VIRTUAL

El tenedor de los petros podrá realizar el cambio del valor de mercado del criptoactivo por el equivalente en otra criptomoneda o en bolívares al tipo de cambio de mercado publicado por la casa de intercambio en el mercado nacional.

En el caso de los mercados (exchanges) internacionales, el tenedor del petro podrá realizar el intercambio del valor del criptoactivo por el equivalente en una criptomoneda o por una moneda fiduciaria en divisas.

El poseedor de petros será poseedor de una billetera virtual, la cual será de su entera responsabilidad, así como todos los riesgos asociados al manejo y custodia de la misma, tal como establece el artículo número 5.

CASA DE INTERCAMBIO

La Casa de Intercambio será la figura que brinde la infraestructura para la negociación secundaria del los criptoactivos petros, donde compradores y vendedores abrirán y cerrarán posiciones y donde se podrá realizar el cambio del criptoactivo por el equivalente en bolívares, de conformidad con el tipo de cambio que esta maneje.

En el caso de los exchanges (mercados) internacionales se podrá realizar el cambio del criptoactivo por el equivalente en moneda fiduciaria, de conformidad con el tipo de cambio vigente. Asimismo, podrá ser intercambiada por su equivalente en otras ciptomonedas.

La colocación inicial se hará a través de subasta o asignación directa, realizada por la Superintendencia de los Criptoactivos, de conformidad con el número de barriles en reservas otorgados como respaldo por el Ejecutivo Nacional para el petro.

El presidente Nicolás Maduro anunció el miércoles la asignación del Bloque Ayacucho 1, Área Ayacucho de la Faja Petrolífera del Orinoco (FPO) Hugo Chávez, para sustentar la criptomoneda el Petro. Con 5 mil millones de barriles de petróleo no desarrollados originales en sitio, este campo petrolero certificado sustenta instrumentos financieros por 267 mil millones de dólares.

CUSTODIA DESCENTRALIZADA

La custodia de esos valores estará descentralizada una vez que la Superintendencia de los Criptoactivos y Actividades Conexas venezolana haya realizado la subasta inicial y asignado los criptoactivos a los inversionistas.

El funcionamiento y la organización interna de la Superintendencia se definirá en su reglamento interno y demás normas de funcionamiento que se dicten al efecto, establece el artículo 10 del decreto presidencial.

T/ Manuel López
F/ Archivo CO