Poder Constituyente y soberanía popular

Por: Manuel E. Galindo B.

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Hablar del Poder Constituyente es hablar de democracia. En la edad moderna los dos conceptos fueron a menudo coextendidos, y en todos los casos se han visto insertos en un proceso histórico que, aproximándose al siglo XX, se han solapado cada vez mas.

La definición tradicional del Poder Constituyente ha sido la de un poder extra-normativo, original y superior, anterior al proceso legal que funda y construye la Constitución normativa de un determinado pueblo.

El Poder Constituyente no solo ha sido considerado la fuente omnipotente y expansiva que produce las normas constitucionales de todo ordenamiento jurídico, sino también el sujeto de esa producción, una actividad igualmente suprema y expansiva. Así, pues, la finalidad de este Poder será la de producir normas constitucionales y estructurar poderes constituidos.

Con base en esta premisa nace la soberanía popular, pues puede decirse, sin exagerar, que toda la historia moderna de la soberanía ha girado en torno al concepto del poder que tiene legítimamente el pueblo, incluso en los pensadores cuya intención absolutamente explícita era mostrar que la noción de soberanía del pueblo era insostenible o en el fondo inviable.

La soberanía, pues, se define por tres propiedades: 1) es un poder civil cuyos actos son independientes de cualquier otro poder superior; 2) sus actos no pueden ser anulados por ninguna voluntad humana y, 3) de lo que se sigue que solo el soberano mismo o su sucesor con el mismo poder conservar la libertad para cambiar sus actos.

Por ello, es el Poder Constituyente el artífice de la democracia y de la Revolución, al mismo tiempo que de la Constitución. El pueblo, en definitiva, es el centro de la operación contractual, teniendo toda posibilidad de ser el sujeto efectivo de la soberanía. El contrato social tiene, pues, por objeto mostrar cómo el pueblo se realiza como tal.

Por tanto, no podría partirse de la distinción entre instancias exteriores entre sí; es decir, los individuos, el soberano, el pueblo, para mostrar que la soberanía se constituye por una transmisión de derecho de una a otra, siendo esta la meta de alcanzar y la dificultad a superar es la de la constitución de un cuerpo moral y colectivo superior a los individuos, dotado de una fuerza común, pero que no les trascienda porque cada uno se conservará tan libre como antes.

El Poder Constituyente es en sí un poder omnipotente, permanente, motor de transformación y auténticamente soberano.

* Contralor General de la República
Caracas