Prorrogaron por dos meses Estado de Excepción y Emergencia Económica

El decreto establece medidas especiales en manejo de efectivo, operaciones y transacciones financieras y comerciales para estimular el uso de medios electrónicos

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El presidente Nicolás Maduro prorrogó por 60 días, extendible por dos meses adicionales, a partir del 9 de enero de 2018, la declaración del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.356 del 9 de enero de 2018.

La decisión que se hará efectiva a partir de la publicación den Gaceta Oficial se tomó dadas las circunstancias extraordinarias en los ámbitos social, económico y político que afectan el “orden constitucional, la paz social, la seguridad de la nación, las instituciones públicas y a las ciudadanas y ciudadanos”.

Ante el asedio de sectores nacionales e internacionales contra la recuperación económica y las políticas públicas destinadas a la protección del pueblo, la actitud hostil y desestabilizadora de políticos oposicionistas, y el bloqueo financiero impuesto por el Gobierno de los Estados Unidos de América, el Jefe de Estado tomó la decisión para poder tomar “medidas urgentes, contundentes y necesarias”.

Medidas especiales

El decreto 3.239 faculta al Presidente de la República a dictar medias en los órdenes social, económico, político y jurídico que estime convenientes a las circunstancias, de conformidad con los artículos 337, 338 y 339 de la Constitución.

En el artículo 4 también se establece que el ministerio con competencia en materia economía y finanzas podrá efectuar las coordinaciones necesarias con el Banco Central de Venezuela a los fines de establecer límites máximos de ingresos o egresos de moneda de curso legal en efectivo, así como restricciones a determinadas operaciones y transacciones comerciales o financieras, con el objeto de fomentar el uso de medios electrónicos.

Se establece además, que el decreto sea remitido a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines que se pronuncie sobre su constitucionalidad dentro de los ocho días siguientes a su publicación en Gaceta Oficial.

T/ Manuel López
F/ Archivo CO
Caracas