«Protección de la Vida y la Familia»: Ley aprobada en Guatemala que endurece penas por aborto y prohíbe el matrimonio homosexual

El Congreso de Guatemala aprobó la noche del martes, cuando el mundo conmemoraba el Día Internacional de la Mujer, la ‘Ley para la Protección de la Vida y la Familia’, una polémica normativa que endurece las penas de prisión por aborto, prohíbe el matrimonio igualitario, regula la educación sexual, entre otras acciones.

«Hoy dimos un gran paso en la defensa de nuestra Nación, los felicito compañeros por su valentía», dijo la diputada Shirley Rivera, actual presidenta del Congreso.

La normativa recibió el voto a favor de 101 diputados, de los 160 que conforman el Parlamento; ocho votaron en contra y 51 no emitieron voto.

Los que votaron a favor son afines a la posición del mandatario guatemalteco, Alejandro Giammattei, que se muestra contrario a cualquier actitud tolerante y receptiva sobre la interrupción voluntaria del embarazo.

Casi 5 años después

La iniciativa 5272 o Decreto 18-2022 se presentó en el Congreso el 27 de abril de 2017; en agosto de 2018 la propuesta de ley caminó en su primer y segundo debate, hasta su aprobación reciente en el tercer debate y en redacción final.

En la exposición de motivos del documento, cuyo texto inicial fue publicado en la web del Parlamento, se señala que «históricamente, el Estado de Guatemala ha sido respetuoso del derecho a la vida desde el momento mismo de la concepción» y «ha reconocido también que la familia —en su idea original— es la institución única que brinda al ser humano una expectativa real de desarrollo pleno».

También se destaca que el matrimonio entre un hombre y una mujer es «el modelo esencial.

Asimismo, cuestionan que existen «grupos minoritarios» que «proponen corrientes de pensamiento y prácticas incongruentes con la moral cristiana» e «impulsan modelos de conducta que atentan contra el derecho a la vida, el orden natural del matrimonio y la familia».

¿Qué se aprobó?

En consonancia con lo que señala esa exposición de motivos, el artículo 1 de la norma deja claro que el objeto de la ley es proteger la vida, la familia y la institución del matrimonio entre hombre y mujer; así como la libertad de conciencia y de expresión, y el derecho de los padres para orientar a sus hijos en los ámbitos de la sexualidad.

* Aborto

El artículo 3 es sobre el «derecho a la vida», en el que, como ya se menciona en la exposición de motivos, dice que toda persona tiene derecho a la vida «desde el momento de su concepción».

En siguientes artículos se hacen reformas al Código Penal, aumentando las penas a cualquier tipo de aborto.

En este país centroamericano, donde solo se contempla el aborto espontáneo y el terapéutico, es decir, cuando la vida de la gestante corre peligro; cualquier otra causal se castigaba con entre 1 a 3 años de prisión, pero con las reformas, las condenas pueden ir desde los 5 hasta los 25 años.

* Familia y diversidad

La ley establece en su artículo 16 que «se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo» y tampoco será válida cualquier «unión de hecho» para estas parejas.

En relación con la adopción, la normativa señala que ante la falta de ambos padres, un menor de edad merece un núcleo familiar, pero al procedimiento de adoptar no pueden acceder parejas del mismo sexo.

La ley también aborda el tema de la educación sexual. Se prohíbe a cualquier centro educativo «promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano». Se establece que la educación sexual es exclusiva de los padre de familia.

En cuanto a la libertad de conciencia y expresión, la norma dice que este derecho implica no estar obligados a aceptar como normales las conductas y prácticas no heterosexuales.

Voces en contra

El procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas, dijo la noche del martes que la ley viola «los derechos humanos» y «acuerdos y convenios internacionales ratificados por el Estado de Guatemala»; además, que «es un retroceso a las libertades».

El funcionario adelantó que plantearán una «acción de inconstitucionalidad» para que la normativa «no tenga efectos».

Juan Pappier, investigador sénior de la División de las Américas de Human Rights Watch, celebró la decisión de Rodas de presentar esa acción y comentó que esta ley «viola las obligaciones internacionales de Guatemala en materia de derechos de las mujeres y personas LGBT».

Desde el colectivo Visibles, un movimiento que trabaja para conseguir la plena inclusión de población de la diversidad sexual y de género en la sociedad guatemalteca, dijeron que esta ley los «agrava».

«Las mujeres y las personas LGBTIQ vamos a resistir todo intento del gobierno de turno que pretende restringir nuestros derechos y libertades. Nuestra lucha es por cambiar el país para que la justicia y la dignidad sean posibles para todas las personas», expresaron a través de Twitter.

En las afueras del Congreso hubo manifestaciones en repudio a la aprobación de la normativa. «Esto no es violencia, es digna resistencia», se escuchó corear a los asistentes.

F/RT
F/CongresoGuate