En el Lago de Maracaibo|Ratifican condena a capitán y propietarios del buque Nissos Amorgos por derrame petrolero ocurrido en 1997

Generó una de las catástrofes ecológicas de mayor impacto en la zona

Los alegatos expuestos por el Ministerio Público fueron confirmados por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al declarar definitivamente firme la sentencia condenatoria contra el capitán del buque tanquero de bandera griega Nissos Amorgos; la empresa propietaria y la aseguradora, por los daños ambientales causados en el Lago de Maracaibo.

El hecho ocurrió el 28 de febrero de 1997, cuando el buque derramó 25 mil barriles de petróleo en el referido lago, lo que generó una de las catástrofes ecológicas de mayor impacto en la zona.

La decisión del TSJ pone punto final a un proceso judicial iniciado el 20 de octubre de 1997, cuando, para ese momento, los fiscales nacionales 69°, 40° y auxiliar, Josefa Camargo, Víctor Valbuena y Abigaíl Rodríguez, respectivamente, iniciaron las diligencias con relación al caso.

De esta manera queda firme la decisión del 26 de febrero de 2010, del Tribunal 8° de Juicio del estado Zulia que obliga al capitán Konstadinos Nikolaos Spiropulos, quien estuvo al mando del buque, a la empresa propietaria Nissos Amorgos y Naftiki Eteria, y a la aseguradora Assuranceforeningen Gard, al pago de 29 millones 220 mil 619 bolívares con 74 céntimos al Estado Venezolano, como víctima de la mencionada causa.

Adicionalmente, el Tribunal decretó la cancelación de los costos procesales, así como el pago de 57 mil 734 bolívares con 92 céntimos al Instituto para el Control y Conservación de la Cuenca del Lago de Maracaibo.

Además, se les impuso el pago de 56 mil 735 bolívares con 38 céntimos a la Armada Venezolana y declaró con lugar la indexación judicial o corrección monetaria, tomando en cuenta los índices inflacionarios desde el año 1997 hasta la presente fecha.

Vale destacar que el 31 de marzo de 2011, luego de las múltiples diligencias realizadas por la Fiscalía 40° Nacional con competencia en Defensa Integral del Ambiente, actualmente a cargo de Damelys Brazón, la Sala Accidental N° 2 de la Corte de Apelaciones del estado Zulia confirmó la citada sentencia condenatoria, que fue apelada por la contraparte.

El encallamiento del buque tanquero griego cargado con 485 mil 926 barriles de petróleo ocurrió el 28 de febrero de 1997, hecho en el cual se derramaron 25 mil 406 barriles, contaminando la costa noroeste de la Isla de San Carlos y sureste del litoral guajiro, el cual se extendió hacia el balneario de Caimare Chico, municipio Páez del estado Zulia.

Prensa MP

EXCELENTE NOTICIA,ME ALEGRA SABER QUE SE ESTAN APLICANDO LAS LEYES INTERNACIONALES CON MUCHA CONTUNDENCIA Y SABIDURIA ,YA QUE NOTE QUE SE TOMARON EN CUENTA TAMBIEN LOS INDICES INFLACIONARIOS.ADEMAS PUEDO DAR FE QUE ASI SON LAS LEYES EN ESOS PAISES ,TANTO NORDICOS, COMO NORTEAMERICA Y EUROPA,YO FUI MARINO MERCANTE,Y POR NO TENER UN TANQUE DE DESECHOS EN EL BARCO DONDE ANDABAMOS ,NO NOS DEJARON ENTRAR EN NINGUN PUERTO NORTEAMERICANO.ESO FUE EN LOS AÑOS DE LA EPIDEMIA DE LAS VACAS LOCAS.ELLOS ALEGABAN QUE NO PODIAMOS BOTAR DESECHOS O DEFECAR EN SUS PUERTOS,POR TEMOR A CONTRAER ESA EPIDEMIA, QUE SEGUN ELLOS ESA EPIDEMIA NACIO EN SUDAMERICA ,Y DESPUES SE COMPROBO QUE SUS RAICES VIENEN DESDE ASIA. FELICITO AL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA POR ESTA SENTENCIA,Y ESTAR ATENTOS SIEMPRE YA QUE ESTO DERRAMES SE SUCEDEN MUY A MENUDO EN TODAS NUESTRAS COSTAS,CAUSANDO IRREPARABLES DAÑOS AL MEDIO AMBIENTE.