Sala Constitucional del TSJ levanta suspensión de normas tributarias

Se ordenó la instalación de una mesa técnica para armonizar los tributos

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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) levantó la suspensión de 90 días, decretada mediante decisión 0078 del 7 de julio de 2020, de los instrumentos normativos dictados por los concejos de 52 municipios referidos a tasas y contribuciones tributarias.

Indica la sentencia 0273-2020, con ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales, que los municipios sujetos a la decisión son Carirubana – Falcón, Los Salias – Miranda, Biruaca – Apure, Rómulo Gallegos – Apure, San Fernando – Apure, Sucre – Aragua, Alberto Arvelo Torrealba – Barinas, Cruz Paredes – Barinas y Heres – Bolívar.

Asimismo, los municipios Bejuma – Carabobo, Carlos Arvelo – Carabobo, Montalbán – Carabobo, Puerto Cabello – Carabobo, San Diego – Carabobo, El Pao – Cojedes, San Carlos – Cojedes, Dabajuro – Falcón, Santa María de Ipire – Guárico, Pedro Zaraza – Guárico, Camaguán – Guárico, El Socorro – Guárico, José Félix Ribas – Guárico, Juan Germán Roscio – Guárico, Julián Mellado – Guárico, Leonardo Infante – Guárico, San Gerónimo de Guayabal – Guárico.

Igualmente, Iribarren – Lara, Torres – Lara, Carrizal – Miranda, Arismendi – Nueva Esparta, Mariño – Nueva Esparta, Páez – Portuguesa, Cajigal – Sucre, Bolívar – Táchira, Cárdenas – Táchira, Junín – Táchira, Boconó – Trujillo, Carache – Trujillo, San Rafael de Carvajal – Trujillo, Trujillo – Trujillo, Valera – Trujillo.

San Felipe – Yaracuy, Cañada de Urdaneta – Zulia, Colón – Zulia, Lagunillas – Zulia, Rosario de Perijá – Zulia, San Francisco – Zulia, Sucre – Zulia, Valmore Rodríguez – Zulia, Bolívar – Aragua, José Félix Rivas – Aragua y el municipio turístico El Morro del estado Anzoátegui.

Con la medida de la Sala Constitucional se suspende la aplicación de cualquier instrumento normativo dictado por los concejos municipales y consejos legislativos de los estados que establezcan algún tipo de tasa o contribución de naturaleza tributaria, así como cualquier decreto o acto administrativo de efectos generales dictado con la misma finalidad por los alcaldes o gobernadores, y se ordenó la instalación de una mesa técnica para armonizar lo referido a los tipos impositivos y alícuotas de los tributos.

T/ Redacción CO
F/ Cortesía
Caracas
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