Oficializados en Gaceta|Sepa los requisitos para obtener o renovar licencia de servicios turísticos

El Ejecutivo Nacional oficializó los requisitos indispensables para la obtención y renovación de la Licencia de Turismo para los prestadores de este tipo de servicios mediante la Resolución N°029 que circula este lunes en Gaceta Oficial (40.423).

Para el otorgamiento de la Licencia de Turismo el solicitante debe consignar ante el Ministerio del Poder Popular para el Turismo la solicitud a través de un formulario que podrá descargar en el portal web  www.mintur.gob.ve.

¿Qué es la Licencia de Turismo?

Segú la web ministerial es la facultad, permiso o acreditación otorgada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo para operar o funcionar como Prestador de Servicio Turístico por cada actividad que realice. A los fines de obtener la Licencia de Turismo los prestadores del servicio turístico deberán estar inscritos en el Registro Turístico Nacional, consignar los recaudos y cumplir con los requisitos requeridos por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo, en atención a las normativas aplicables sobre la materia.

REQUISITOS GENERALES

  1. Formulario de Solicitud de Trámite de Licencia de Turismo Persona Jurídica, establecido por el Ministerio del Poder Popular con competencia en Turismo, en original y dos (2) fotocopias legibles.
  2. Fotocopia legible del Oficio del Registro Turístico Nacional (RTN).
  3. Fotocopia legible de la Patente de Industria y Comercio, esto aplica en caso de haber consignado la solicitud al momento de la inscripción en el Registro Turístico Nacional.
  4. Fotocopia legible de la Póliza de Responsabilidad Civil contra daños a terceros vigente, a nombre del prestador de servicios turísticos, anexando las condiciones generales y particulares del contrato de la póliza vigente.
  5. Si el establecimiento se encuentra ubicado en un Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), fotocopia legible del permiso o contrato de concesión correspondiente, emitida por la autoridad competente.
  6. Sí el capital de la persona jurídica tiene inversión extranjera, fotocopia legible de la Constancia de Calificación de Empresas, emitidas por la Superintendencia de Inversiones Extranjeras (SIEX).
  7. Y cualquier otro documento que el Ministerio del Poder Popular con competencia en Turismo, considere necesario.

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Texto/CO

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