Sudeban: El envío de remesas desde el exterior debe efectuarse por casas de cambio autorizadas

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), reiteró este martes que el envío de remesas desde el exterior debe efectuarse por casas de cambio autorizadas y no por transferencias entre personas naturales o jurídicas sin cancelar la tasa correspondiente.

El organismo rector expresó que desde el exterior envían dinero por medio de la banca electrónica sin pagar la tasa correspondiente, en ese sentido se emitió el Circular SIB-DSB-14539 que dicta aclarar la ubicación geográfica del usuario que realiza la transacción.

En ese sentido, el Superintendente de Sudeban, Antonio Morales, precisó que «nuestra economía está siendo atacada por factores internos y externos. El tema del contrabando de efectivo es grave, por ello, damos un golpe a esas mafias de compra de nuestro dinero».

Antonio Morales se reunió con la banca pública y privada para tratar sobre la Circular SIB-DSB-14539 y dijo que esta “medida ha sido adoptada también en otros países».

Reiteró que el objetivo es incentivar el uso de las casas de cambio, cuya actividad económica precisamente contempla la recepción y envío de remesas desde el exterior y el incumplimiento de las medidas será objeto de las sanciones legales respectivas.

Morales señaló que la instrucción se enmarca dentro de las medidas dictadas por el Gobierno Nacional para proteger el nuevo cono monetario.

¿Se podrán realizar transacciones electrónicas en el exterior?

El circular emitido por Sudeban a todas las entidades bancarias del país aclara que la persona debe notificar previamente su salida, en caso de viajar al exterior, para poder realizar transacciones electrónicas.

Esta notificación identificará detalles como; nombre del titular, lugar de destino y período, tipo e identificación de los instrumentos que posea en el banco y que requiera utilizar en el extranjero.

En ese sentido, la entidad bancaria deberá reportar a Sudeban semanalmente todas las operaciones realizadas con el IP desde el exterior,

De realizarse una transacción en una ubicación no autorizada o no reportada quedará bloqueado hasta que notifique al banco y haga las nuevas aclaraciones de su ubicación y tiempo de permanencia en el lugar.

En ese caso, el banco deberá identificar junto al IP los siguientes detalles: nombre del titular, lugar de destino y período, tipo e identificación del instrumento, tipo, lugar de procedencia y monto de la operación realizada de un usuario no notificado con previa antelación.

Es decir, los venezolanos que viajen al exterior si podrán realizar sus transacciones en el extranjero, siempre y cuando estas operaciones sean notificadas a la entidad bancaria con anticipación.

«El país cuenta con la estructura, las regulaciones adecuadas a los estándares nacionales e internacionales y las casas de cambio activas y autorizadas para el envío de remesas desde cualquier parte del mundo», dijo el Superintendente.

T/ Jhon Rubio
F/ @SudebanInforma