En Gaceta Oficial número 40.008|Superintendencia Bancaria acuerda liquidación del Consorcio Bancanarias C.A.

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario acordó la liquidación de la empresa Consorcio Inversionista Bancanarias C.A., solicitada a través de un informe general emitido por la referida empresa.

Según Resolución N° 37.712, publicada en Gaceta Oficial número 40.008 de fecha 14 de septiembre de 2012, la oficina dependiente del ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas señala que la sociedad mercantil fue intervenida en febrero de 2011 por existir unidad de decisión y gestión con respecto al grupo Financiero Canarias (Banco Canarias de Venezuela).

En el informe, los administradores de esta sociedad presentaron a consideración la documentación correspondiente y recomiendan la liquidación de la misma, ya que actualmente se encuentra inactiva y no cumple su objeto social y no posee activos ni pasivos. Además, presenta un déficit acumulado de Bs. 10.000, y no presenta patrimonio.

MULTA A SEGUROS NUEVO MUNDO

En la misma Gaceta Oficial, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora presenta la Providencia N° FSAA-2-3-002301 mediante la cual se ratifica en Acta especial N° 1, levantada a la empresa Seguros Nuevo Mundo S.A. en fecha 17 de noviembre de 2011, durante la inspección general realizada por esta Superintendencia al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2010.

A los efectos, se sanciona a la Empresa con una multa de 1.000 unidades tributarias, que suma la cantidad de Bs. 65 mil, correspondiente a la sanción mínima establecida en el artículo 161 de la Ley de Actividad Aseguradora por violación a las leyes.

SANCIONADO SEGUROS CANARIAS

Por otra parte, la citada Superintendencia de la Actividad Aseguradora sanciona a la empresa Seguros Canarias de Venezuela C.A., con multa de Bs. 325 mil, pena mínima de la Ley de Actividad Aseguradora en su artículo 154, que señala el pago de 5.000 unidades tributarias, por no remitir la información solicitada por el organismo estatal.

La Providencia N° FSAA-2-3-002492 fue dictada porque la aseguradora no dio cumplimiento con la solicitud efectuada con respecto a la denuncia de presunto incumplimiento de pago por parte de la empresa aseguradora, interpuesta por un cliente o usuario.

Texto/María Elena Parada
Fuente/Gaceta Oficial