Informó el presidente Nicolás Maduro|TSJ declara vigencia y legitimidad del decreto de Emergencia Económica

El presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, informó este jueves que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la vigencia y legitimidad del decreto de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, dictado el pasado 14 de enero de 2016 por un lapso de 60 días prorrogables.

«Tal decisión surge del máximo tribunal del país, a través de una sentencia (de la Sala Constitucional) en la cual interpreta los artículos 339 y 139 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», indicó el jefe de Estado venezolano, durante la inauguración de la fábrica de tubos de policloruro de vinilo (PVC) Flor Amarillo, en el estado Carabobo.

El primer mandatario llamó a que se acate la decisión del máximo tribunal. «Ha hablado el Tribunal Supremo de Justicia, santa palabra, debe ser acatada por todos los sectores de la vida nacional y todas las instituciones, que no se vayan a poner cómicos, como dice la gente en la calle, ‘no quiero show, ni comiquitas'», enfatizó.

«Yo actuaré en consecuencia, así que tengo en vigencia el decreto de emergencia económica, así que activaré un conjunto de medidas en los próximos días, que ya venía trabajando», destacó.

La sentencia de número 07, expediente 160117 del 11 de febrero de 2016, se produce luego que un grupo de abogados, así como integrantes de Consejos Comunales, Comunas y otros movimientos sociales de organización popular, solicitaran un recurso de interpretación constitucional al TSJ en torno al referido decreto.

La sentencia, ponencia conjunta de las magistradas y los magistrados que componen la Sala Constitucional, determinó la competencia de esta Sala, así como la admisión del recurso, para cuya resolución, luego del estudio efectuado, estableció que el aludido Decreto entró en vigencia desde que fue dictado y su legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-constitucional se mantiene irrevocablemente incólume, conforme a lo previsto en el Texto Fundamental.

Adicionalmente, el fallo expresó que el control político de la Asamblea Nacional sobre los decretos que declaran Estados de excepción no afecta la legitimidad, validez, vigencia y eficacia jurídico-Constitucional de los mismos; y precisamente respecto del proceso de consideración del Decreto n°. 2.184 por parte de la Asamblea Nacional, se señaló que por notoriedad comunicacional se conoció que no fue cumplido el artículo 27, párrafo primero, de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción, referido al lapso de consideración en sesión especial; circunstancia que vulneró la legalidad procesal, la seguridad jurídica y el debido proceso consagrado en el artículo 49 Constitucional, pilares fundamentales del Estado Constitucional de Derecho, viciando de nulidad por inconstitucionalidad el proceso que culminó con el constitucionalmente írrito acuerdo dictado por la máxima representación del Poder Legislativo Nacional, el 22 de enero de 2016.

En efecto aclaró la decisión que el lapso máximo para la consideración del Poder Legislativo es de ocho (8) días, pero para que la Asamblea pueda pronunciarse con posterioridad a las 48 horas indicadas en el párrafo inicial del artículo 27, debe cumplirse con la realización de la sesión especial, que además solo puede tratar ese único objeto –según el artículo 59 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional- y, de ser necesario, acordar una prórroga debidamente justificada para considerar el decreto con posterioridad al aludido lapso, pero siempre dentro de los ocho (8) días, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

Concluyó de ese modo la Sala, que la Asamblea Nacional no cumplió oportunamente y, en fin, dentro de los límites constitucionales y legales, con el control político del referido decreto, al igual que reiteró que se realizó el control jurisdiccional del Decreto n° 2.184 dentro del lapso contemplado en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción,

Finalmente se ordenó la publicación íntegra del fallo en la Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Texto/Francisco Moreno (Con información de prensa del TSJ)
Foto/Archivo

HERMANOS, PERO QUE LES PASA A ESTOS EMPRESARIOS, QUE QUIEREN HACER LO QUE LES DE LA GANA. EL GOBIERNO LES OFRECE, LES SUMINISTRA, SE BAJA LOS PANTALONES CON ELLOS Y NO PRODUCEN, NO SOLUCIONAN, NO APORTAN NADA . EL CAPITALISMO ES SOLO GANAR Y GANAR AHORA USAN LAS EMPRESAS PARA SOLO BACHAQUEAR CON LAS DIVISAS Y NO QUIEREN QUE LOS EXPROPIEN, POR FAVOR, EL GOBIERNO NO QUIERE ENTENDER, QUE ESA CLASE EMPRESARIAL NO SIRVE, HAY QUE DARLES RESPONSABILIDADES PARA QUE SE ROBEN ELLOS MISMOS SI FRACASA UNO FRACASA EL OTRO, PARA QUE VEAMOS COMO SE DESTRUYEN UNOS CON OTROS, ESE ES EL CAPITALISMO SALVAJE DEL QUE HABLABA MI COMANDANTE ELLOS NO TIENEN AMIGOS HERMANOS SON DEPREDADORES NO TIENEN PATRIA SOLO OBEDECEN ORDENES DEL IMPERIO.

  • Es nefasta esta desicion del TSJ, una ley de emergencia economica con mas de lo mismo entre ellas expropiaciones…que tanto daño ha hecho al sistema productivo nacional, el estado a demostrado ser mal administrador …Ahora que el gobierne quiera imponer esta ley por encima de la AN que representa a un gran numero de Venezolanos no creo que sea algo democratico, eso es autocratico. Las leyes son muy ambiguas y cada quien la interpreta a su manera, esto es un golpe bajo a la institucionalidad y si queremos a Venezuela dejemonos de tintes politicos y veamos la realidad de lo que estamos viviendo los Venezolanos con la soberbia, arrogancia y prepotencia del gobierno no llegaremos a nada..esa bendita ley la cocino solo el gobierno sin el concurso de los distintos sectores de la sociedad, de expertos, etc…Mas de lo mismo compañeros!!! Leyes van y Leyes vienen y nada pasa…seguimos peores, cada dia somos mas pobres. Solo pido que esta Ley sea el remedio a la enfermedad…

  • Círculos Bolivarianos :Que Bodrio De Asamblea nacional tenemos Vale ,Que Mediocre ;Que Pantallera ;Que Falta de Contenido Político de altura ,Que bagaje ,Mediocre y media ,.Invitando a Otro Mediocre de la musica que yo no se quien es ,Que de paso yo no se que tipo de Música canta porque nunca lo e Escuchado ,a este tipejo (Nacho),De ganas de reír de ver La Cara del Mediocre De Voz De Vieja ,y a Julio Maqueta Borges, Dígame a Marquina ,.Oyendo a ese Caletrero Hablar y que Músico,,de ver como se Equivocaba leyendo , y como es ahora esa Asamblea Mediocre ,parece que Hemos retrocedido 40 o 50 Años Cuando Era de Puros Adecos y Copeyanos ,Pero bueno que se va hacer ,…si eso es lo que les gusta a los Escuálidos ,….porque son mayoría ,.por otro lado Ver a los canales de la Oligarquía Globovision, A Venevision ,a Televen ,con la alegría en sus rostros de sus periodistas y locutores pasar esa noticia..De ese Tremendo Músico de Baño ser El Orador de Orden,en el día de la juventud,..

  • Amigo Miguel, coja minimo, entonces usted es de los que cree que el estado se va a paralizar por la decision politica circunstancial de un grupo titereteado por los grandes cacaos del mundo, con el fin de seguir creando mas mal a una economia debilitada, amigo piense en su patria, sea PATRIOTA, lease el 136 y 137 mas el 138, para que te des cuenta de que nos es invento de una sala, es la CONSTITUCION, ahora sino la sabes interpreter, o no quieres, ya ese es otro tema a discutir.

  • YO TENIENDO LA MAYORÍA CALIFICADA EN LA ASAMBLEA NACIONAL Y ANTE ESTE DESCONOCIMIENTO DE SUS FACULTADES Y PRERROGATIVAS POR PARTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL, YO SIENDO ELLOS, LE PONDRÍA DE UNA VEZ LA CASCABEL AL GATO Y CREARÍA UN CONFLICTO DE PODERES… A VER QUÉ PODER POSEE VERDADERA LEGITIMIDAD Y QUIÉN DEBE MANDAR AQUIÉN…SERÍAN 5 SUJETOS CONTRA 8 Y MAS MILLONES…( MÁS, PORQUE ENTRE ESOS NOS INCLUIMOS QUIENES NO SIMPATIZAMOS CON LA DERECHA O QUE SOMOS APOLÍTICOS (EN SU SENTIDO CORRECTO), PERO QUE NOS VEMOS OBLIGADOS, SIN DISTINGO DE CREDO POLÍTICO, A SALIR A DEFENDER LA INSTITUCIONALIDAD DE ESTE PAÍS, EL ÚNICO QUE TENEMOS… HOY YO, ANTE ESTE ATENTADO FLANGANTE Y MISERABLE A LA INSTITUCIONALIDAD, Y ANTE EL SECUESTRO «EXPREX» DE LA VOLUNTAD POPULAR POR PARTE DEL TSJ, POR PRIMERA VEZ EN MI VIDA ESTOY DISPUESTO A MARCHAR PARA DEFENDER LO ÚNICO EN QUE CREO: LA INSTITUCIONALIDAD; SEA COMO SEA Y DONDE SEA…

  • UN GOLPE JUDICIAL EN PLENO DESARROLLO. VA SIENDO HORA DE QUE LOS 8 MILLONES DE CIUDADANOS QUE IMPUSIERON DEMOCRÁTICAMENTE SUS ASPIRACIONES EN LA MAYORÍA DE LA ASAMBLEA NACIONAL, MARCHEN HACIA EL TSJ A EXIGIR RESPETO A SU VOLUNTAD… VA SIENDO HORA.

  • El articulo 339 es claro, no necesita tergiversaciones (mal llamadas interpretaciones).

    «El Decreto … será presentado… a la Asamblea Nacional … para su consideración y aprobación,»

    No fue aprobado y eso es todo, fin del tema, no tiene más que inventar una sala.

  • Artículo 339.
    El Decreto que declare el estado de excepción, en el cual se regulará el ejercicio del derecho cuya garantía se restringe, será presentado, dentro de los ocho días siguientes de haberse dictado, a la Asamblea Nacional, o a la Comisión Delegada, para su consideración y aprobación, y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie sobre su constitucionalidad. El Decreto cumplirá con las exigencias, principios y garantías establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Presidente o Presidenta de la República podrá solicitar su prórroga por un plazo igual, y será revocado por el Ejecutivo Nacional o por la Asamblea Nacional o por su Comisión Delegada, antes del término señalado, al cesar las causas que lo motivaron.
    La declaratoria del estado de excepción no interrumpe el funcionamiento de los órganos del Poder Público.