TSJ notificará a Panamá lapso para solicitar extradición de sujetos por presunta clonación de tarjetas bancarias

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) aprobó notificar a la República de Panamá sobre el lapso de extradición de los ciudadanos Eduardo José Monserrat Guillén y Douglas Rafael Monserrat Guillén, por la presunta comisión del delito “contra el orden económico en la modalidad de clonación de tarjeta”, previsto en la legislación penal panameña.

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con ponencia del presidente del Máximo Juzgado, magistrado Maikel Moreno, acordó que dicha acción se hará a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, en el término perentorio de 60 días continuos, a partir de su efectiva notificación, para que Panamá proponga la solicitud formal de extradición y remita la documentación judicial necesaria, informó el máximo tribunal en nota de prensa.

Agrega la sentencia N° 219-2019 que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, la Sala del TSJ ordenará la libertad de los ciudadanos, todo conforme con lo establecido en los artículos 387 y 388 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 11 y 14 de la Convención Interamericana sobre Extradición, adoptada en Caracas el 25 de febrero de 1981, ratificada por la República de Panamá el 2 de enero de 1992 y por la República de Venezuela en fecha 9 de junio de 1982, publicada en Gaceta Oficial N° 2.955, Extraordinario, del 11 de mayo de 1982.

Etiquetas