Aprobada primera discusión de Ley|Venezuela avanza en protección de personas con VIH

Este martes, la plenaria de la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH o Sida y sus Familiares, que significa otro avance del Estado venezolano en la erradicación del estigma, prejuicio y discriminación hacia las personas que padecen esa enfermedad.

Durante su derecho de palabra, la defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, expresó que esta es una ley de Derechos Humanos, cuya sanción incidirá directamente en la prevención de dicha pandemia, sobre todo en la población homosexual y trans, que sufre la marginación social debido a su orientación sexual e identidad de género.

«Este proyecto tiene varios ejes, como la prevención para evitar el contagio en la población, un segundo bastión para evitar la discriminación y el estigma de las personas que viven con VIH o Sida y tiene un tercer bastión que es el tema de los tratamientos», explicó en transmisión de ANTV.

En ese sentido, destacó que Venezuela, junto con Brasil, es uno de los primeros países en asumir el costo completo del tratamiento antirretroviral que distribuye a unas 43.000 personas, a escala nacional, a través de la red pública de salud.

Ramírez continuó su exposición manifestando que el índice de prevalencia para la población heterosexual en el país es del 0,6%, mientras que para las personas que son vulneradas por un problema de discriminación, desconocimiento y aislamiento la incidencia alcanza hasta un 25%.

«Tenemos un sector de la población con VIH o Sida que es más vulnerable a la enfermedad precisamente porque está en una situación de discriminación. Uno de cada diez hombres no tiene acceso a toda la información necesaria para evitar el contagio», dijo.

Ante ello, recordó que Venezuela en el año 2001 acordó en la sede de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reducir el estigma y la discriminación hacia las personas contagiadas con el virus, por lo cual se comprometió a elaborar leyes que protejan a estos grupos vulnerables.

«Nuestra ley incorpora principios novísimos en el tema de prohibir la discriminación por relaciones. Esto es general, puede ser por un tema afectivo y laboral, porque la prohibición de la discriminación en términos de las relaciones de las personas nos va ayudar a proteger no solo al paciente sino al aspectro de relaciones donde él se relaciona, porque el desconocimiento y la invisibilización del problema hace mucho más cuesta arriba que lo podamos atajar», puntualizó.

CONTRA LA DOBLE DISCRIMINACIÓN

De acuerdo con la Defensora del Pueblo, el Proyecto de Ley para la Promoción y Protección del Derecho a la Igualdad de las Personas con VIH o Sida y sus Familiares ensancha el horizonte para la igualdad material a la población sexo-género diversa, especialmente a favor de homosexuales y trans, ya que se espera que esa población pueda acceder, bajo un parámetro de aceptación social, a los tratamiento de los cuales dispone el Estado y los programas de prevención.

«Proponemos lograr la igualdad material a través de medidas positivas que permitan estandarizar las prácticas a nivel laboral, social, de relaciones, hasta superar las distorsiones sociales derivadas de la ignorancia y prejuicios que se expanden sobre unas personas que son doblemente discriminadas; por su condición de salud y por su orientación sexual e identidad de género. Nosotros tenemos que abatir y abolir esa doble discriminación, hacer realidad el compromiso que asumió el Estado en el 2001 y avanzar hacia esa igualdad material, legado del presidente (Hugo) Chávez», resaltó Ramírez.

Lo que contempla la normativa

En días pasados, David Rojas, director de Asuntos Legislativos de la Defensoría del Pueblo, precisó que el referido proyecto de ley consta de varios capítulos en los que se tipifican todas las formas de discriminación y las sanciones correspondientes para las personas naturales y jurídicas que violen el texto jurídico.

Para las personas con VIH o Sida estarán garantizados el derecho al trabajo y a la función pública, así como la igualdad en el acceso a la salud y el trato recibido en los centros médico-asistenciales que no podrá ser distinto al de otra persona.

También indicó Rojas que estos ciudadanos y sus familiares no podrán, bajo ninguna circunstancia, ser víctimas de marginación en áreas primordiales para el desarrollo humano como la educación, cultura y deporte.

Igualmente, contempla que los familiares tienen obligaciones afectivas con sus allegados infectados, por lo que tienen la responsabilidad de acompañar, cuidar y proteger al familiar enfermo. Aunque este punto sería una exhortación más que una sanción tipificada en la Ley.

Del mismo modo, no se podrá suspender la patria potestad de los hijos cuyo padre o madre, o ambos, estén contagiados con VIH. También explicó Rojas que esta ley se extiende a cualquier persona indistintamente de su orientación sexual o identidad de género.

A su vez, el instrumento prevé que las personas no podrán ser discriminadas o aisladas en los centros penitenciarios, tienen derecho a gozar de los beneficios de los programas sociales, créditos bancarios y contar con seguro de vida.

El no cumplimiento de los articulados de esta normativa acarreará sanciones penales, disciplinarias y pecuniarias, agregó.

El documento fue entregado para su discusión a la AN tras una fase de consulta que duró 10 meses, en la que participaron representantes de las instituciones del Estado competentes en la materia, 26 organizaciones sociales vinculadas con los derechos de las personas con VIH o Sida y diversas agencias del sistema de Naciones Unidas acreditadas en Venezuela.

De acuerdo con las estimaciones de ONUSIDA de julio de 2013, en Venezuela el 0,6% de la población padece de VIH, lo que implica que el número aproximado de afectados es de entre 74.000 y 160.000.

T / AVN