Venezuela solicitó a Italia la extradición de expresidente de Pdvsa Rafael Ramírez

Para que sea procesado por el sistema penal venezolano, pues los delitos fueron cometidos en nuestro territorio

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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia declaró procedente la solicitud de extradición del expresidente de Pdvsa Rafael Ramírez, por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, evasión de procedimiento licitatorio y asociación, previstos y sancionados en los artículos 54 y 60 de la Ley contra la Corrupción y 37 de la Ley contra Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.

Según se lee en la sentencia N° 55, redactada por el magistrado Juan Luis Ibarra Ramírez, el tribunal venezolano solicita a las autoridades de Italia la captura y el envío al país del exministro de Energía y Petróleo para que sea sometido a un proceso penal por los delitos antes mencionados.

Según consta en la solicitud, en fecha 8 de junio de 2017 la Fiscalía 12° Nacional contra la Corrupción, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales inició una investigación contra Ramírez “en virtud de la existencia de presuntas irregularidades ocurridas en el contrato N° 4600036377, suscrito entre la empresa Pdvsa Servicios, S.A. y la sociedad mercantil Petrosaudi Oil Services (Venezuela) LTD., consistente en la perforación y extracción de gas en el marco del proyecto Mariscal Sucre”.

El Ministerio Público detalla que el contrato entre Pdvsa Servicios y Petrosaudi Oil Services (Venezuela) LTD. tendría una duración de siete años por un monto de unos US$ 1.175.300.000,00. Sin embargo el monto total de la contratación fue de US$ 1.302.645.907,86 debido a que el monto de la tarifa aumentaba 3% por cada año que avanzaba el contrato.

En razón de esa investigación, el 16 de agosto de 2018, el Tribunal 10° de Control de Caracas dictó orden de aprehensión contra Ramírez y ordenó a Interpol expedir la notificación roja internacional. Ese mismo día, el Ministerio Público solicitó al Tribunal 10° iniciar el proceso de extradición de Ramírez, quien para la fecha se encontraba en España.

Ya que los delitos por los cuales se solicita la extradición del ciudadano Rafael Darío Ramírez Carreño fueron cometidos en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, tal como lo expresara el representante del Ministerio Público en la solicitud de inicio del procedimiento de extradición, por tal razón queda demostrado el principio de territorialidad, conforme lo dispone el artículo 1 del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal, suscrito entre la República Italiana y la República Bolivariana de Venezuela.

T/ Luis Ángel Yáñez
F/ Archivo CO
Caracas