Por Pablo Fernández B|Violencia sexual y mujeres policías (Opinión)

Cuando Lucila (nombre ficticio) fue llamada por el director policial a su despacho, lo que menos supuso fue la intención de su superior jerárquico, quien luego de manipularla con una conversación trivial intentó abusar sexualmente de ella. La joven aspirante llegó confiada y obedeciendo la orden que le había dado su superior. Lucila se convirtió en una víctima más de la violencia de género, situación ésta que lejos de ser una novedad en el mundo policial constituye algo más habitual de lo que se cree, aunque nunca llegan efectivamente a denunciarse todos los casos, por el temor que se genera en las víctimas y el entramado de complicidades que suelen tejerse en torno a ellos.

Situaciones como ésta se enmarcan en históricas relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres, y nos invitan a recordar la existencia de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, aprobada por la Asamblea Nacional en 2007.

Dicha Ley, define la violencia sexual (toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha) y el acoso sexual (cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación).

Hoy más que nunca la difusión de esta norma y la aplicación de sanciones ejemplares y contundentes en el ámbito policial es un imperativo para lograr acabar con una práctica tan deplorable.

Desde el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, se ha considerado este aspecto en el diseño de políticas públicas de género, de cara al control sobre las diversas formas de violencia que sufren las mujeres policías, evitando así que además la violencia institucional (provocada por autoridades, funcionarias y funcionarios) retarde, obstaculice o impida que las mujeres policías ejerzan los derechos previstos en esta Ley para asegurarles una vida libre de violencia.

pabloefb@yahoo.com