Desde este 29 hasta el 23 de julio|IVSS cancelará prestaciones por pérdida involuntaria de empleo

Desde este 29 de junio hasta el viernes 23 de julio de 2010, comienza el plazo de cancelación que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) determinó, para solventar asignaciones a los beneficiarios de la prestación dineraria por pérdida involuntaria de empleo y del seguro de paro forzoso.

A través de una nota de prensa, el IVSS especificó que los beneficiarios serán aquellos calificados en el listado que se emitió entre octubre y diciembre de 2009.

Para hacer efectivo el cobro respectivo, el beneficiario deberá acudir a las oficinas del Seguro Social, a fin de retirar su respectivo certificado de cesantía con el cual podrá realizar el trámite ante la entidad bancaria destinada para los pagos.

Aquellas personas que calificaron en los listados publicados entre junio de 2008 y septiembre de 2009, y no hicieron su cobro respectivo por motivos de fuerza mayor, deberán acudir a las oficinas del Seguro para tramitar su reactivación. Para ello, es indispensable presentar los documentos que justifiquen cada caso en particular, tales como: informe médico, constancia de detención policial y movimientos migratorios, entre otros.

El IVSS reiteró a todos los trabajadores y trabajadoras cesantes que hayan perdido involuntariamente su empleo y deseen acceder a la Prestación Dineraria que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Régimen Prestacional de Empleo, disponen 60 días continuos siguientes a la terminación de la relación de trabajo para formalizar su solicitud.

La institución instó a sus beneficiarios a exigirle al patrono la documentación legal en el tiempo reglamentario, para evitar la pérdida del derecho a la prestación referida, la cual tiene como objetivo asegurarle la Prestación Dineraria durante un lapso de tiempo determinado al trabajador (a) que ha perdido  su empleo y que cotiza al Régimen Prestacional.

La Prestación Dineraria es una indemnización porcentual calculada sobre los salarios notificados por el empleador ante el IVSS en los últimos doce meses, que se le cancela durante cinco meses a todo trabajador que ha perdido involuntariamente su empleo. Si el mismo  está cesante e ingresa bajo relación de dependencia durante los cinco meses de protección, se le cancelará únicamente el tiempo efectivo de cesantía.

F/ABN
T/ Mary Dugarte


mi situacion es la siguiente, fui suspendido de mi empleo sin gose de sueldo, y me entere, de que podia solicitar ante el IVSS, la canselacion por perdida involuntaria de empleo, pero ya avian transcurrido mas de los tres meses, que puedo hacer al respecto,

  • buenos dias porfavor tengo mas de un 1 año sin trabajo esperando el pago del seguro del paro forzoso y todavia no e salido en listados los nesecito por favor a quien pueda interesar( ciudad bolivar)

  • introduje todo lo referente al pago de seguro forzozo en el mes de MAYO quiero saber para cuando sera canselado por favor ESTOY PASANDO POR UN MAL MOMENTO