El Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT) suprimió la constancia de productor agropecuario, que era uno de los requisitos para los procesos de análisis y aprobación de crédito para el sector agrícola, con la finalidad de procesar con celeridad los financiamientos solicitados por productores, campesinos, pescadores y acuicultores.
Así lo establece una resolución publicada en Gaceta Oficial número 39.647 de fecha 01 de abril de 2010.
En ese sentido, el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca), emitirá en un lapso no mayor de cinco días hábiles la autorización para el ejercicio de la actividad pesquera, una vez que reciban los documentos necesarios con el objeto de agilizar los procesos de análisis y aprobación de créditos.
Asimismo, el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (Insai), deberá expedir las autorizaciones sanitarias en un lapso no mayor de ocho días, así como la emisión del registro del padrón de hierro con un lapso no mayor de cinco días, que se contarán desde el el momento en que el solicitante entregue la documentación necesaria.
La normativa legal establece que, cuando se requiera para los procesos de aprobación de crédito la presentación de documentos de regularización de tierras emitidos por el Instituto Nacional de Tierras (Inti), tales como derecho de permanencia carta agraria socialista y título adjudicación, podrán consignar la constancia de tramitación expedida por la oficina regional de tierras que corresponda, en caso de no poseer alguno de los anteriores.
La Superintendencia de las Instituciones financieras (Sudeban), y el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras (MAT), deberán garantizar el cumplimiento de la resolución con la finalidad de procesar con celeridad aquellas solicitudes de financiamiento realizada por el sector agrícola.
F y T/AVN